Decreto núm. 145, publicado el 30 de Junio de 1997. OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
Santiago, 14 de abril de 1997.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 145.- Vistos:
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La Ley Nº 18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
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El artículo 1º de la Ley Nº 16.436, de 1966.
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La Resolución Nº 520, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Nº 55, de 1992, ambas de la Contraloría General de la República.
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El Decreto Supremo Nº 412, del 10.08.95, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento aplicable al Concurso Público establecido en el artículo 13C de la Ley.
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La Resolución Exenta Nº 1.117, del 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
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La Resolución Exenta Nº 641, del 31.10.95, de la Subsecretaría, que aprobó las bases del concurso público que otorga concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
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La Resolución Exenta Nº 01, del 02.01.97, de la Subsecretaría, que asignó concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
Considerando:
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El llamado a concurso público para otorgar concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, efectuado por la Subsecretaría, publicado en el Diario Oficial Nº 35.306, del 02.11.95 y en el Diario Oficial Nº 35.317, del 15.11.95.
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Lo solicitado por la interesada, según consta en Acta de Apertura de fecha 08.11.96.
D e c r e t o:
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Otórgase concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., R.U.T. Nº 96.806.980-2, con domicilio en Avenida Andrés Bello Nº 2687, Piso 23º, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un sistema de Telefonía Móvil Digital 1900 (PCS), que consiste en una red conformada por:
Red de Conmutación : El territorio nacional se divide en tres
zonas (A, B y C), contando cada una de ellas
con un Controlador de Estaciones Base (BSC)
y un Centro de Conmutación Móvil (MSC), que
centralizan la conmutación por zona y
controlan las Estaciones Base.
Red Móvil Personal : Constituida por Estaciones Bases y
Estaciones Móviles o Portátiles. La
comunicación entre éstas se realiza a través
de radioenlaces de acceso múltiple.
Red de Transmisión : Las interconexiones entre MSC, y entre las
Estaciones Base y los correspondientes BSC
se realizarán a través de medios propios y/o
de terceros.
Las MSC se interconectarán a la Red Pública
Telefónica Conmutada (RPTC) a través de
troncales digitales E1, de acuerdo a lo
establecido por la ley y sus reglamentos.
Zona de Servicio : Area definida por el contorno, en torno a la
estación base, donde la intensidad de campo
asegure al menos comunicaciones durante el
90% del tiempo, en el 90% de los
emplazamientos, dentro del territorio
nacional.
Características Técnicas de la Red de Conmutación:
Señalización de conexión a la RPTC : SS7 o R2.
Capacidad : 3.666 [Erlangs] por
conmutador
Características Técnicas de la Red Móvil:
Bloque de frecuencias : C (1.895 - 1.910 [MHz]; 1.975 -
1.990 [MHz])
Técnica de acceso : CDMA.
Ancho de banda por portadora : 1,25 [MHz]
Clase de emisión : 1M25Q7EEC.
Codificación...
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