Decreto núm. 293, publicado el 09 de Noviembre de 1993. MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR A TELEFONICA CELULAR DE CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470789282

Decreto núm. 293, publicado el 09 de Noviembre de 1993. MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR A TELEFONICA CELULAR DE CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR A TELEFONICA CELULAR DE CHILE S.A.

Santiago, 27 de Agosto de 1993.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm 293.- Vistos:

  1. La Ley N° 18.168 de 1982, y sus posteriores modificaciones, Ley General de Telecomunicaciones.

  2. El Decreto Ley N° 1.762 de 1977.

  3. El artículo 1° de la Ley N° 16.436 de 1966.

  4. El N° 1 del artículo 3° párrafo III de la Resolución N° 55 de 1992, de la Contraloría General de la República.

  5. Los Decretos Supremos N° 114 de 1989 y N° 114 de 1990, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada.

  7. Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones por Oficio Ord. N° 34.572 de 27.08.93.

    Decreto:

    1. Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, otorgada a la Sociedad Transradio Chilena Complañía de Telecomunicaciones S.A., RUT. N° 90.430.000-4, mediante Decreto Supremo N° 114 de 1989 y transferida mediante Decreto Supremo N° 114 de 1990, ambos del Ministerio de Tranportes y Telecomunicaciones, a la sociedad Telefónica Celular de Chile S.A., RUT. N° 96.561.000-6, con domicilio en calle Fidel Oteíza N° 1953, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en lo numerandos siguientes.

    2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud (SP-93/23) presentado por la concesionaria, en lo concerniente a los sistemas y equipos de telecomunicaciones que se instalarán, operarán y explotarán, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomuncaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones...

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