Resolución núm. 2285 EXENTA, publicada el 27 de Diciembre de 2013. APRUEBA PROTOCOLOS DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS PARA LOS PRODUCTOS DE COMBUSTIBLES QUE INDICA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 483241830

Resolución núm. 2285 EXENTA, publicada el 27 de Diciembre de 2013. APRUEBA PROTOCOLOS DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS PARA LOS PRODUCTOS DE COMBUSTIBLES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROTOCOLOS DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS PARA LOS PRODUCTOS DE COMBUSTIBLES QUE INDICA

Núm. 2.285 exenta.- Santiago, 10 de diciembre de 2013.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.410; el decreto supremo Nº 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el reglamento para la certificación de productos eléctricos y de combustibles; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, mediante las resoluciones exentas Nº 431 y 8, de fechas 23/08/2010 y 06/02/2012, según corresponda, del Ministerio de Energía, se estableció, entre otros, que los productos de combustibles que se indican a continuación, para su comercialización en el país, deben contar con su respectivo certificado de aprobación de seguridad y eficiencia energética, si correspondiere, otorgados por Organismos de Certificación autorizados por esta Superintendencia:

    . Acondicionadores de aire y/o bombas de calor de adsorción que

    utilizan combustibles gaseosos.

    . Reguladores para presiones de salida menores o iguales a

    100 kg/hr., incluidos los dispositivos de seguridad incorporados

    a ellos, destinados a utilizar Propano, Butano o GLP.

  2. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo , Nº 14, de la ley Nº 18.410, corresponde a esta Superintendencia establecer las pruebas y ensayos, señaladas en los protocolos, que deben realizar los laboratorios o entidades de control de seguridad y calidad, para otorgar los Certificados de Aprobación a los productos, máquinas e instrumentos, equipos, artefactos, aparatos y materiales eléctricos, de gas y de combustibles líquidos que cumplan con las especificaciones de seguridad, eficiencia energética y/o calidad establecidas y no constituyan peligro para las personas o cosas.

  3. Que, en la tramitación de los presentes protocolos de análisis y/o ensayos se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el...

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