Decreto 633 - CREA COMISION NACIONAL DE PROTECCION DE LAS PERSONAS AFECTADAS DE ENFERMEDADES MENTALES - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243330870

Decreto 633 - CREA COMISION NACIONAL DE PROTECCION DE LAS PERSONAS AFECTADAS DE ENFERMEDADES MENTALES

EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

CREA COMISION NACIONAL DE PROTECCION DE LAS PERSONAS AFECTADAS DE ENFERMEDADES MENTALES

Núm. 633.- Santiago, 15 de agosto de 2000.- Visto: lo dispuesto en el Libro Séptimo del Código Sanitario, decreto con fuerza de ley Nº 725 de 1968 del Ministerio de Salud; en los artículos 58 y 59 del decreto supremo Nº 570 de 1998, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los Establecimientos que la proporcionan, publicado en el Diario Oficial del 14 de julio de 2000; lo establecido en los artículos y del decreto ley Nº 2.763 de 1979 y , y del Reglamento Orgánico de este Ministerio, decreto supremo Nº 395/79 de esta Secretaría de Estado; lo señalado en el artículo 2º Nº 98 del decreto supremo Nº 654 de 1994, del Ministerio del Interior y en la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.

Considerando:

- El interés del Estado de asegurar a todos sus ciudadanos que, en razón de una enfermedad mental hayan requerido ser internados en un establecimiento de atención psiquiátrica, puedan contar con la protección de sus derechos.

- La necesidad de establecer una instancia que permita asesorar al Ministerio de Salud en la aplicación de las disposiciones establecidas en el decreto supremo Nº 570 de 1998, que aprueba el Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los Establecimientos que la proporcionan, sean estos de hospitalización completa o parcial, con el objeto de proteger los derechos de los pacientes internados, especialmente en lo relacionado con los tratamientos psiquiátricos que requieran un consentimiento válido y/o segunda opinión, la internación de pacientes contra su voluntad, la supervisión de los estándares de vida y cuidados de los pacientes internados, como también recepcionar y asesorar en la investigación de las quejas que al respecto hubieren, y

Teniendo presente: lo establecido en el artículo 35 de la Constitución Política del Estado, dicto el siguiente

D e c r e t o:

Artículo 1º

Créase la Comisión Nacional de Protección de las Personas Afectadas de Enfermedades Mentales, cuyo objetivo será asesorar al Ministro de Salud en los aspectos relacionados con las regulaciones contenidas en el decreto supremo Nº 570 del año 1998 que aprueba el Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los Establecimientos que la proporcionan, con el fin de velar por la protección y defensa de los derechos de las personas atendidas en establecimientos...

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