Decreto núm. 1085, publicado el 09 de Octubre de 1986. PRORROGA PLAZO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO DE CIRCULACION DE VEHICULOS QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470933550

Decreto núm. 1085, publicado el 09 de Octubre de 1986. PRORROGA PLAZO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO DE CIRCULACION DE VEHICULOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

PRORROGA PLAZO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO DE CIRCULACION DE VEHICULOS QUE INDICA

Santiago, 01 de Octubre de 1986.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.085.- Vistos: La facultad conferida por el artículo 14ø de la Ley Nº 7.200, de 1942, para fijar o modificar los plazos en que deben pagarse los diversos impuestos fiscales o municipales, y lo dispuesto en el artículo 32ø, Nº 8 de la Constitución Política de la República y, Considerando, que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15ø del decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, según texto sustituido por el artículo 72ø de la Ley Nº 18.382, el impuesto por permiso de circulación que corresponde pagar a los vehículos señalados en los Nos. 4 y 5 de la letra b) del artículo 12ø del mismo cuerpo legal, puede satisfacerse en dos cuotas iguales, la primera, dentro del plazo ordinario de renovación y la segunda, dentro del mes de Octubre de cada año,

Decreto:

Artículo único

Prorrogase el plazo de pago de la segunda cuota del impuesto por permiso de circulación de los vehículos señalados en los Nos. 4 y 5 de la letra b) del artículo 12ø del decreto Ley Nº 3.063, de 1979, hasta el 31 de Diciembre de 1986, inclusive.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior.

Lo que transcribe a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Cursa con alcances decreto 1.085, de 1986, del Ministerio del Interior N0 23.538.- Santiago, 06 de Octubre de 1986.

Esta Contraloría General ha tomado razón del documento indicado en el rubro, por el cual se prorroga el plazo de pago de la segunda cuota del impuesto por permiso de circulación de los vehículos señalados en los Nos. 4 y 5 de la letra b) del artículo 12 del decreto ley 3.063, de 1979, hasta el 31 de diciembre de 1986, inclusive, por cuanto se ajusta a derecho.

Sin embargo, ha estimado oportuno precisar que el decreto en examen sólo ha tenido por objeto prorrogar por esta vez, la fecha...

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