Decreto núm. 5, publicado el 22 de Enero de 1985. PRORROGA Y MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS - MUNICIPALIDAD DE MOLINA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471034758

Decreto núm. 5, publicado el 22 de Enero de 1985. PRORROGA Y MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE MOLINA
Rango de LeyDecreto

PRORROGA Y MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Núm. 5.- Molina, Enero 9 de 1985.- Vistos: El artículo 43 y demás pertinentes del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales; y las facultades que me confieren los artículos 12° y 13° del decreto ley N° 1.289, de 1976, Ley Org nica de Municipios y Administración Comunal;

Decreto:

l°) Prorrógase, hasta el 31 de Diciembre de 1985, la Vigencia del decreto alcaldicio N° 13/82, del 25 de Enero de 1982, y del decreto alcaldicio N° 6/84, del 10 de Enero de 1984, sobre Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios, publicados en el Diario Oficial de los días 30 de Enero de 1982 y 20 de Enero de 1984, respectivamente, en cumplimiento de la Ley de Rentas Municipales.

  1. ) Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios contenida en los decretos alcaldicios citados, en la siguiente forma:

  1. Agrégase el siguiente N° 15 al Art. 12: "15° La ocupación temporal de espacio público por faenas relacionados con instalaciones de servicios públicos, tales como: agua, alcantarillado, electricidad, gas, teléfono y otros similares, pagará un derecho municipal básico y uniforme equivalente al valor de tres (3) cuotas de ahorro para la vivienda más las cantidades que se indican en el inciso siguiente:

    - Sin perjuicio de la cantidad señalada, se pagará además un 3% de cuota de ahorro para la vivienda por metro cuadrado diario ocupado.

    - Para el conjunto de los metros cuadrados se considerara el largo total de tramo que se autoriza y el ancho total de ocupación del Bien Nacional de uso público que indique el permiso.

  2. Agrégase el siguiente inciso final al Art. 12: "No obstante lo dispuesto en el N° 14, se podrá rebajar o...

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