Decreto 2342 - PRORROGA, POR PLAZO DE 3 MESES, POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO, URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE EDIFICACIONES - MUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 440865442

Decreto 2342 - PRORROGA, POR PLAZO DE 3 MESES, POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO, URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE EDIFICACIONES

EmisorMUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor14 de Junio de 2013

PRORROGA, POR PLAZO DE 3 MESES, POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO, URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE EDIFICACIONES

La Alcaldía de Padre Hurtado decreta hoy lo siguiente:

Núm. 2.342.- Visto y considerando:

  1. - Que se encuentra iniciada la Modificación del Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado, por la vía de Enmienda, denominada "Enmienda Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado Zona E - 6" a fin de relocalizar la Zona E-6, destinada a Equipamiento dentro del sector de las parcelas 9 y 10 del ex Fundo El Progreso, en el área sur poniente de la comuna.

  2. - La necesidad de proteger las áreas no consolidadas actualmente existentes en el sector mientras se estudia y se aprueba un cambio normativo, a través de una enmienda al Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado para que no proliferen en el área proyectos que se contraponen con las nuevas normas en estudio.

  3. - El Ord. Nº1032 de la Seremi Minvu de fecha 8 de marzo de 2013, que informó favorablemente la postergación de otorgamiento de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de edificaciones.

  4. - El acuerdo Nº03/2012 de la sesión Ord. Nº33/2012, de fecha 14 de diciembre de 2012, del H. Concejo Municipal de Padre Hurtado; que aprueba el inicio del Estudio denominado "Enmienda Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado Zona E – C"; el decreto alcaldicio Nº4.283 de fecha 14 de diciembre de 2012; el ordinario resolución exenta Nº 1.276 de la Seremi Minvu de fecha 7 de junio de 2013, que informa favorablemente la solicitud de postergación de otorgamiento de permisos de subdivisión, loteo, urbanización predial y de edificación, por un período de tres meses a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto, y el informe Nº 40/2013 de fecha 22 de mayo de 2013 del Asesor Urbanista.

  5. - Lo dispuesto en el artículo 52º de la Ley Nº19.880, de 2003, que establece Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, las atribuciones que me confiere el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y el artículo 1.4.18 de su Ordenanza y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley Nº 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en ejercicio.

  6. - Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades...

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