Decreto 12 - PROMULGA MODIFICACION Y ACTUALIZACION PLAN REGULADOR COMUNAL DE MONTE PATRIA - GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241422758

Decreto 12 - PROMULGA MODIFICACION Y ACTUALIZACION PLAN REGULADOR COMUNAL DE MONTE PATRIA

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO
Rango de LeyDecreto

PROMULGA MODIFICACION Y ACTUALIZACION PLAN REGULADOR COMUNAL DE MONTE PATRIA

Núm. 12.- La Serena, 7 de marzo de 2006.- Vistos:

  1. Los artículos 20 letra f), 24 letra p) y 36 letra c) de la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional Nº 19.175 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por DFL Nº 1-19.175, publicado en el Diario Oficial 8 de noviembre de 2005;

  2. Lo dispuesto en los artículos 41, 42, 43, 44 y 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, cuyo texto fue fijado por el DFL Nº 458, de 1975, modificado por el artículo 3º de la ley 19.778, de 10 de diciembre de 2001; en los artículos 2.1.1; 2.1.2, 2.1.3, 2.1.4, 2.1.6; 2.1.10; 2.1.11 y 2.1.12 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por decreto supremo Nº 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, modificado por decreto supremo Nº 75, de 25 de junio de 2001 y decreto supremo Nº 33, de 20 de abril de 2002, de la misma Secretaría de Estado;

  3. La resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones:

    Considerando:

  4. El ordinario Nº 1.511, de fecha 2 de diciembre de 2005, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Coquimbo que remite al Gobierno Regional de Coquimbo, para su aprobación, el Proyecto de Modificación y Actualización del Plan Regulador Comunal de Monte Patria, compuesto de Informe Técnico favorable emitido a través de su Unidad de Desarrollo Urbano, la Memoria Explicativa del Proyecto, los Estudios de factibilidad de agua potable y alcantarillado, la Ordenanza Local y la Planimetría correspondiente.

  5. El certificado Nº 07, de fecha 13 de abril de 2005, de la Secretaria Municipal de Monte Patria, por medio del cual acredita que el Concejo Municipal de Ovalle, en su Sesión Ordinaria Nº 9, de 12 de abril de 2005, aprobó por unanimidad de sus integrantes presentes, el conjunto de antecedentes que conforman el Plan Regulador Comunal de Monte Patria. Asimismo, certifica que el Consejo Municipal se pronunció respecto de las observaciones hechas por terceros al proyecto, dándose respuesta a ellas;

  6. Las publicaciones efectuadas en el Diario "El Día" con fecha 6 y 13 de febrero de 2005, por medio de los cuales se anuncia la exposición al público del "Estudio Plan Regulador Comuna", durante un lapso superior a 30 días;

  7. La resolución exenta Nº 23, de la Comisión Regional del Medio Ambiente, de 22 de febrero de 2005, que califica ambientalmente el proyecto "Plan Regulador Comunal de Monte Patria" declarando que éste cumple con todos los requisitos ambientales aplicables y con la normativa de carácter ambiental;

  8. El Certificado de fecha 15 de marzo de 2005, de la Secretaria Municipal de Monte Patria, por medio del cual certifica que en dicha comuna no existe Consejo Económico Social Comunal.

  9. El acuerdo Nº 3.177, adoptado por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Coquimbo, en la sesión ordinaria Nº 377, de fecha 2 de febrero de 2006, que aprueba la modificación y actualización del Plan Regulador Comunal de Monte Patria, sobre la base del informe Técnico favorable emitido por la Secretaria Regional de Vivienda y Urbanismo y los documentos mencionados en los considerandos anteriores.

  10. El Ord. Nº 36-2006, de fecha 3 de febrero de 2006, de la Sra. Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional del Gobierno Regional de Coquimbo, dirigido al Sr. Intendente y Ejecutivo del Gobierno Regional de Coquimbo, en el que se adjunta Certificado Nº 2.018, de igual fecha, que acredita el Acuerdo Nº 3.177 del Consejo Regional que aprobó el Proyecto de Modificación y Actualización del Plan Regulador Comunal de Monte Patria, se dicta la siguiente:

    Resolución:

    1.- Promúlgase la modificación y actualización del Plan Regulador Comunal de Monte Patria en los mismos términos en que fue aprobado en el acuerdo Nº 3.177, adoptado por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Coquimbo, en la Sesión Ordinaria Nº 377, celebrada el 2 de febrero de 2006.

    2.- Publíquese en el Diario Oficial el texto íntegro de esta resolución y de la ordenanza local pertinente.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, publíquese y archívese.- Felipe del Río Goudie, Intendente Regional Región de Coquimbo.

    PLAN REGULADOR COMUNAL

    DE MONTE PATRIA

    ORDENANZA LOCAL

    Marzo, 2005

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 27
Artículo 1

La presente Ordenanza Local establece las normas referentes a límite urbano, zonificación, uso del suelo, subdivisión predial, edificación, urbanización y vialidad, que deberán observarse dentro del área territorial del presente Plan Regulador Comunal de MONTE PATRIA que comprende las localidades de Monte Patria, El Palqui, Huatulame, Chañaral Alto, Tulahuén, Chañaral de Carén, Carén, Pedregal, Chilecito, Mialqui, Rapel y Las Mollacas graficadas en los planos PRCMP-01, PRCMP-02 Y PRCMP-03.

Si existiere alguna diferencia entre la información contenida en la presente Ordenanza Local respecto de los Planos que la complementan, se establece que en toda circunstancia prevalecerá lo dispuesto en la Ordenanza Local por sobre la información contenida en los Planos.

Artículo 2

El área territorial del presente Plan Regulador Comunal queda determinada por el límite urbano de las localidades Monte Patria, El Palqui, Huatulame, Chañaral Alto, Tulahuén, Chañaral de Carén, Carén, Pedregal, Chilecito, Mialqui, Rapel y Las Mollacas, constituido por las líneas poligonales cerradas cuya descripción de vértices y tramos por localidad, se incluye en el Artículo 6 de esta Ordenanza Local.

Artículo 3

Todas aquellas materias atingentes al desarrollo urbano que no se encuentren reguladas por esta Ordenanza Local, se regirán por las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (L.G.U.C.), la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C.) y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.

Artículo 4

De acuerdo a lo dispuesto en la L.G.U.C., le corresponde a la Dirección de Obras Municipales (DOM) de la Comuna de Monte Patria la responsabilidad en la aplicación y observancia de las normas de la presente Ordenanza Local; y a la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo (SEREMI Minvu) de la IV Región, la supervigilancia de su cumplimiento y la interpretación técnica de ellas.

Artículo 5

Cualquier transgresión a las normas de esta Ordenanza Local será sancionada de acuerdo a lo previsto en los Artículos 20º al 26º de la L.G.U.C.

CAPITULO II Artículo 6

DESCRIPCION DE LIMITE URBANO

Artículo 6

Límites Urbanos Los Límites Urbanos del Plan Regulador Comunal de Monte Patria, quedan definidos por las poligonales de las localidades de Monte Patria, El Palqui, Huatulame, Chañaral Alto, Tulahuén, Chañaral de Carén, Carén, Pedregal, Chilecito, Mialqui, Rapel y Las Mollacas, que se grafican en los Planos PRCMP-01, PRCMP-02 Y PRCMP-03.

Los respectivos vértices y tramos se definen en los siguientes cuadros.

Descripción del Límite Urbano de la localidad de Monte Patria

Vértice

DESCRIPCIÓN DEL

VERTICE Tramo DESCRIPCION DEL TRAMO

1 Intersección de la

más alta cota de la

línea del Embalse

La Paloma con

perpendicular a eje

de Ruta D-55 trazada

por intersección de

ejes de Ruta D-55

y eje de calle

Monterrey

2 Intersección de más

alta cota del Embalse

La Paloma con estribo

norte del puente

Monte Patria.

1-2 Línea irregular de la

más alta cota del

Embalse La Paloma

que une puntos 1 y 2

3 Intersección de

perpendicular a eje

de Ruta D-55 trazada

a 100m al sur del

estribo norte del

puente Monte Patria

con línea oficial

poniente de Ruta

D-597 sobre el

puente Monte Patria

2-3 Línea recta

imaginaria que

corresponde a lateral

poniente del puente

Monte Patria y que

une los puntos 2 y 3

4 Intersección de

línea equidistante

a Ruta D-597 trazada

a 20m al sur de su

eje con paralela a

línea férrea trazada

a 20m al poniente

de su eje. 3-4 Línea irregular de la

rivera norte del Río

Grande que une puntos

3 y 4

5 Intersección de

paralela a línea

férrea trazada a 20m

al poniente de su eje

con línea equidistante

a Ruta D-597, trazada

a 20m al sur de su

eje 4-5 Línea recta

imaginaria que une

puntos 4 y 5

6 Intersección de línea

equidistante a Ruta

D-597, trazada a 20m

al sur de su eje con

paralela a línea

férrea trazada a 325m

al oriente de su

eje. 5-6 Línea imaginaria que

une puntos 5 y 6

7 Intersección de

paralela a línea

férrea trazada a 325m

al oriente de su eje

con costado sur de

Canal Recoleta. 6-7 Línea imaginaria

paralela a línea

férrea y que une

puntos 6 y 7

8 Intersección de

costado sur de Canal

Recoleta con paralela

a calle al Matadero,

trazada a 100m al

norte de su eje. 7-8 Línea irregular

correspondiente a

costado sur de canal

Recoleta y que une

los puntos 7 y 8

9 Intersección de

paralela a calle al

Matadero, trazada a

100m al norte de su

eje con paralela a

línea férrea trazada

a 30m al norte de

ella. 8-9 Línea paralela a

calle Matadero y que

une puntos 8 y 9

10 Intersección de

paralela a línea

férrea trazada a 30m

al norte de ella con

eje oriente del Estero

Monte Patria. 9-10 Línea paralela a eje

de línea férrea y que

une puntos 9 y 10

11 Intersección de eje

oriente de Estero Monte

Patria con eje de

camino a Piedra

Bonita 10-11 Línea irregular que

corresponde a línea

de eje oriente de

Estero Monte Patria y

que une puntos 10 y

11

12 Intersección de eje

de quebrada Q1 con eje

de canal ubicado al

norte de la localidad.

11-12 Línea recta

imaginaria que une

puntos 11 y 12

13 Intersección de

paralela a línea

férrea trazada a 130m

al norte de su eje,

con paralela a calle

Ignacio Serrano

trazada a 200m al

poniente de su eje 12-13 Línea sinuosa

irregular en su

primer tramo que

sigue eje de quebrada

Q1 y una línea recta

en su segundo tramo

y que une los puntos

12 y 13

14 Intersección de

paralela a línea

férrea trazada a

130m al norte de su

...

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