Decreto 58 - Promulga el Acuerdo General de Cooperación entre los Gobiernos de la República de Chile y el Reino de Marruecos. (Cooperación Política, Cooperación Económica, Pesca, Sector Pesquero, Agricultura, Sector Agrícola, Turismo, Sector Turístico, Energía, Energías Renovables, Campo Financiero, Sector Empresarial, Cooperación Técnica, Cooperación Científica,Cooperación Cultural, Patrimonio Cultural. - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241444354

Decreto 58 - Promulga el Acuerdo General de Cooperación entre los Gobiernos de la República de Chile y el Reino de Marruecos. (Cooperación Política, Cooperación Económica, Pesca, Sector Pesquero, Agricultura, Sector Agrícola, Turismo, Sector Turístico, Energía, Energías Renovables, Campo Financiero, Sector Empresarial, Cooperación Técnica, Cooperación Científica,Cooperación Cultural, Patrimonio Cultural.

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO GENERAL DE COOPERACION ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPUBLICA DE CHILE Y DEL REINO DE MARRUECOS

Núm. 58.- Santiago, 28 de marzo de 2006.- Visto: Los artículos 32, Nºs 6 y 15, y 54, Nº 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 14 de mayo de 1999, los Gobiernos de la República de Chile y del Reino de Marruecos suscribieron, en Rabat, el Acuerdo General de Cooperación entre los Gobiernos de la República de Chile y del Reino de Marruecos.

Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 13 del Acuerdo y, en consecuencia, éste entró en vigor el 21 de marzo de 2006.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo General de Cooperación entre los Gobiernos de la República de Chile y del Reino de Marruecos, suscrito en Rabat el 14 de mayo de 1999, cúmplase y publíquese copia autorizada de sus textos en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República de Chile.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Pablo Piñera Echenique, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO GENERAL DE COOPERACION ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA

REPUBLICA DE CHILE Y DEL REINO DE MARRUECOS

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino de Marruecos, en adelante denominados las Partes, con el deseo de reforzar y profundizar los tradicionales lazos de amistad y cooperación existentes entre los dos países;

Teniendo presente la coincidencia de intereses existentes entre las dos naciones, y subrayando su apoyo estricto a los principios de la autodeterminación de los pueblos y de la no intervención, la solución pacífica de las controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los estados, la cooperación internacional para el desarrollo y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;

Aspirando ambos Gobiernos a reforzar su relación bilateral y las acciones de cooperación, sin perjuicio de sus compromisos internacionales;

Expresando su firme deseo de consolidar esa relación, dándole un impulso definitivo a partir de un nuevo enfoque de la cooperación, a través de proyectos específicos en las áreas de interés común; Convencidos de que el crecimiento económico de los países contribuye a la estabilidad política y social, a fortalecer las instituciones democráticas y a alcanzar niveles de vida más altos;

Convencidos de que es indispensable promover y coordinar la colaboración actual y futura entre ambos países en el marco de un foro que identifique y examine las acciones que se lleven a cabo, y defina los lineamientos generales de la cooperación bilateral; Convienen lo siguiente:

CAPITULO I Artículos 2 a 4
Artículo 1

Las Partes se comprometen a fortalecer la cooperación bilateral en los ámbitos político, económico, técnico-científico y cultural, mediante las modalidades acordadas en el presente Acuerdo.

Artículo 2

Ambas Partes acuerdan establecer la Comisión Binacional Chile-Marruecos, cual será la instancia y foro de negociación bilateral en la que se definirán, a partir de un enfoque integral, las líneas...

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