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Decreto núm. 628, publicado el 24 de Junio de 1994. PROMULGA EL ACUERDO MARCO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO DE LAS TELECOMUNICACIONES Y DE LOS SERVICIOS POSTALES SUSCRITO CON LA REPUBLICA TUNECINA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO MARCO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO DE LAS TELECOMUNICACIONES Y DE LOS SERVICIOS POSTALES SUSCRITO CON LA REPUBLICA TUNECINA

Núm. 628.- Santiago, 4 de mayo de 1994.- Vistos: Los artículos 32, N° 17, y 50, N° 1) de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 25 de febrero de 1992 se suscribió entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Tunecina el Acuerdo Marco de Cooperación para el Desarrollo de las Telecomunicaciones y de los Servicios Postales.

Que dicho Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 1.061, de 15 de diciembre de 1992, de la Honorable Cámara de Diputados.

Que el Canje de los Instrumentos de Ratificación se efectuó el 21 de abril de 1994.

Decreto:

Artículo único

Apruébase el Acuerdo Marco de Cooperación para el Desarrollo de las Telecomunicaciones y de los Servicios Postales, suscrito con el Gobierno de la República Tunecina el 25 de febrero de 1992; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Raúl Orellana Ramírez, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO MARCO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO DE LAS TELECOMUNICACIONES Y DE LOS SERVICIOS POSTALES ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA TUNECINA

El Gobierno de la República de Chile y, el Gobierno de la República de Túnez, en adelante denominados "Partes Contratantes".

Convencidos de la importancia que tiene en el desarrollo de ambas naciones, contar con telecomunicaciones y servicios postales eficientes para apoyar dicho proceso.

Convencidos también que el desarrollo de las telecomunicaciones y de los servicios postales requiere contar con amplias posibilidades de coordinación y cooperación internacional; y deseosos de incrementar las áreas de cooperación entre Chile y Túnez;

Convienen en suscribir el presente "Acuerdo Marco de Cooperación para el Desarrollo de las Telecomunicaciones y de los Servicios Postales".

Artículo I

Las Partes Contratantes, mediante los medios de que disponen sus respectivas administraciones en su caso, o las empresas de explotación reconocidas que operan en sus respectivos países, procuran...

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