Decreto núm. 426, publicado el 11 de Octubre de 1985. PROMULGA EL ACUERDO COMPLEMENTARIO EN EL CAMPO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, SUSCRITO ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA DEL PERU
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO COMPLEMENTARIO EN EL CAMPO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, SUSCRITO ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA DEL PERU
N° 426.-
AUGUSTO PINOCHET UGARTE
Presidente de la República de Chile
POR CUANTO, con fecha 4 de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, se suscribió en Santiago, República de Chile, un Acuerdo Complementario en el Campo de la Administración Pública.
Y POR CUANTO, dicho Acuerdo ha sido suscrito bajo el marco jurídico del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica suscrito entre la República de Chile y la República del Perú, en Santiago, Chile, el 9 de diciembre de mil novecientos setenta y siete, y promulgado por Decreto Supremo N° 336, publicado en el Diario Oficial de fecha 4 de Julio de 1978.
POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32 N° 17 y 50 N° 1 de la Constitución Política del Estado dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto en todas sus partes como Ley de la República y que se publique copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Dado en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores de Santiago, Chile, a los ocho días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cuatro.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Jaime del Valle Alliende, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Julio Riethmuller Vaccaro, Director General Administrativo, Subrogante.
ACUERDO COMPLEMENTARIO AL CONVENIO BASICO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU, SUSCRITO EN 1977, EN EL CAMPO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Perú.
TENIENDO PRESENTE:
La conveniencia de realizar programas de intercambio de experiencias e informaciones en el área de la Administración Pública; de fijar las obligaciones y los ámbitos en que se manifestará esa acción y de reiterar la voluntad de que dicho intercambio sea mutuamente beneficioso:
ACUERDAN LO SIGUIENTE:
El presente Acuerdo tiene por objeto definir las bases de una relación institucional que permita, a través del intercambio de experiencias, profesores, investigadores, directivos, asesores...
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