Decreto 476 - Promulga Acuerdo entre la República de Chile y la República de Bolivia, sobre Reconocimiento Recíproco de Licencias de Conducir, suscrito en Arica, Chile, el 3 de septiembre de 1999 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243213654

Decreto 476 - Promulga Acuerdo entre la República de Chile y la República de Bolivia, sobre Reconocimiento Recíproco de Licencias de Conducir, suscrito en Arica, Chile, el 3 de septiembre de 1999

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO CON BOLIVIA SOBRE RECONOCIMIENTO RECIPROCO DE LICENCIAS DE CONDUCIR

Núm. 476.- Santiago, 24 de septiembre de 2001.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 3 de septiembre de 1999 se suscribió, en Arica, Chile, entre las Repúblicas de Chile y Bolivia el Acuerdo sobre Reconocimiento Recíproco de Licencias de Conducir.

Que dicho Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 3343, de 17 de mayo de 2001, de la Honorable Cámara de Diputados.

Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º del mencionado Acuerdo.

D e c r e t o:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo entre la República de Chile y la República de Bolivia sobre Reconocimiento Recíproco de Licencias de Conducir, suscrito en Arica, Chile, el 3 de septiembre de 1999;

cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- María Soledad Alvear Valenzuela, Ministra de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Alberto Yoacham Soffia, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA SOBRE RECONOCIMIENTO RECIPROCO DE LICENCIAS DE CONDUCIR

La República de Chile y la República de Bolivia, denominadas en adelante las Partes Contratantes,

Teniendo presente lo propuesto por la I Reunión del Comité de Frontera Chile-Bolivia, celebrada en Arica los días 3 y 4 de agosto de 1998, en el sentido de recomendar el reconocimiento recíproco de las licencias de conducir vigentes, otorgadas válidamente por las autoridades competentes de ambos países;

Considerando las conversaciones sostenidas entre los representantes de ambos Gobiernos durante la VIII Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas, y la VI Reunión de la Comisión Administradora del Acuerdo de Complementación Económica, realizadas en La Paz, en agosto de 1998, y Reñaca, en enero de 1999, respectivamente, por las cuales se coincidió en la necesidad de acordar el reconocimiento y la aceptación recíproca de las licencias de conducir otorgadas conforme a la legislación de cada Estado, y a efecto de sustituir o no hacer exigible el Carnet Internacional de Conductor;

Inspirados en el objetivo común de intensificar la integración física...

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