Decreto Supremo N° 326, del 28 de Abril de 1989, Promulga Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 19 de Diciembre de 1966, Suscrito por Chile el 16 de Septiembre de 1969. - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 277499183

Decreto Supremo N° 326, del 28 de Abril de 1989, Promulga Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 19 de Diciembre de 1966, Suscrito por Chile el 16 de Septiembre de 1969.

Publicado enDO de 27 de Mayo 1989
Rango de LeyDecreto
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 24-Jun-2016
Tipo Norma :Decreto 326
Fecha Publicación :27-05-1989
Fecha Promulgación :28-04-1989
Organismo :MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Título :PROMULGA EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONOMICOS,
SOCIALES Y CULTURALES, ADOPTADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE
LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS EL 19 DE DICIEMBRE DE
1966, SUSCRITO POR CHILE EL 16 DE SEPTIEMBRE DE 1969
Tipo Versión :Única De : 27-05-1989
Inicio Vigencia :27-05-1989
Inicio Vigencia Internacional:27-05-1989
Organismo tratados :Organización de las Naciones Unidas. ONU Naciones Unidas
Tipo Tratado :Multilateral
Id Norma :12382
URL :https://www.leychile.cl/N?i=12382&f=1989-05-27&p=
PROMULGA EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES,
ADOPTADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS EL 19 DE
DICIEMBRE DE 1966, SUSCRITO POR CHILE EL 16 DE SEPTIEMBRE DE 1969
N° 326
AUGUSTO PINOCHET UGARTE
Presidente de la República de Chile
POR TANTO, con fecha 16 de septiembre de 1969 el Gobierno de Chile suscribió el
Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de
1966.
Y POR CUANTO, dicho Pacto ha sido aceptado por mí, previa aprobación
legislativa, y el Instrumento de Ratificación fue depositado en la Secretaria
General de las Naciones Unidas con fecha 10 de febrero de 1972.
POR TANTO, en uso de la facultad que me confiere el artículo 32 N° 17 de la
Constitución Política de la República, dispongo y mando que se cumpla y lleve a
efecto como Ley dicho Pacto Internacional y que se publique copia autorizada de su
texto en el Diario Oficial.
Dado en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el
Departamento de Relaciones Exteriores, a los veintiocho días del mes de abril de mil
novecientos ochenta y nueve.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET
UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Hernán Felipe Errázuriz,
Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Florencio Zambrano Román,
Embajador, Director General Administrativo.
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Los Estados Partes en el presente Pacto,
Considerando que, conforme a los principios
enunciados en la Carta de las Naciones Unidas, la
libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por
base el reconocimiento de la dignidad inherente a todos
los miembros de la familia humana y de sus derechos
iguales e inalienables,
Reconociendo que estos derechos se desprenden de la
dignidad inherente a la persona humana,
Reconociendo que, con arreglo a la Declaración
Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el
ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la

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