Resolución núm. 6763, publicada el 24 de Octubre de 2011. PROHÍBE EL REGISTRO, FABRICACIÓN, IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN, VENTA, TENENCIA Y USO DE ANABÓLICOS CON FINES PRODUCTIVOS EN AVES DE CORRAL, OVINOS, CAPRINOS Y PORCINOS DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469550774

Resolución núm. 6763, publicada el 24 de Octubre de 2011. PROHÍBE EL REGISTRO, FABRICACIÓN, IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN, VENTA, TENENCIA Y USO DE ANABÓLICOS CON FINES PRODUCTIVOS EN AVES DE CORRAL, OVINOS, CAPRINOS Y PORCINOS DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

PROHÍBE EL REGISTRO, FABRICACIÓN, IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN, VENTA, TENENCIA Y USO DE ANABÓLICOS CON FINES PRODUCTIVOS EN AVES DE CORRAL, OVINOS, CAPRINOS Y PORCINOS DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO

Núm. 6.763 exenta.- Santiago, 12 de octubre de 2011.- Vistos: Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; decreto con fuerza de ley RRA Nº 16, de 1963, sobre Sanidad y Protección animal; decreto supremo N° 25, de 2005, del Ministerio de Agricultura, que aprueba Reglamento de Productos Farmacéuticos de Uso Exclusivamente Veterinario.

Considerando:

  1. - Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad encargada de regular el registro, fabricación, importación, distribución, venta y tenencia de los medicamentos veterinarios en la actividad pecuaria.

  2. - Que corresponde al Servicio regular el uso de anabólicos, naturales y sintéticos, en la actividad pecuaria y prohibir aquellos que impliquen riesgo para la salud humana y animal.

  3. - Que el Servicio tiene...

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