Resolución núm. 9718 EXENTA, publicada el 27 de Diciembre de 2013. AUMENTA EL PLAZO PARA QUE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE HAYAN PRESENTADO PLANES Y PROGRAMAS PROPIOS DE ACUERDO A LAS BASES CURRICULARES ESTABLECIDAS EN EL DECRETO Nº 452, DE 2013, PUEDAN PRESENTAR SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN PARA CREAR UNA NUEVA ESPECIALIDAD HASTA EL 24 DE ENERO DE 2014 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 483197198

Resolución núm. 9718 EXENTA, publicada el 27 de Diciembre de 2013. AUMENTA EL PLAZO PARA QUE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE HAYAN PRESENTADO PLANES Y PROGRAMAS PROPIOS DE ACUERDO A LAS BASES CURRICULARES ESTABLECIDAS EN EL DECRETO Nº 452, DE 2013, PUEDAN PRESENTAR SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN PARA CREAR UNA NUEVA ESPECIALIDAD HASTA EL 24 DE ENERO DE 2014

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

AUMENTA EL PLAZO PARA QUE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE HAYAN PRESENTADO PLANES Y PROGRAMAS PROPIOS DE ACUERDO A LAS BASES CURRICULARES ESTABLECIDAS EN EL DECRETO Nº 452, DE 2013, PUEDAN PRESENTAR SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN PARA CREAR UNA NUEVA ESPECIALIDAD HASTA EL 24 DE ENERO DE 2014

Núm. 9.718 exenta.- Santiago, 20 de diciembre de 2013.- Considerando:

Que, el artículo primero transitorio del decreto supremo Nº 452, de 2013, del Ministerio de Educación, dispone que si bien las bases curriculares para la educación media formación diferenciada técnico-profesional entrarán en vigencia el año 2015, aquellos establecimientos educacionales que deseen presentar planes y programas propios de acuerdo a las bases curriculares establecidas en dicho decreto, podrán hacerlo a partir de la publicación de aquél, la que tuvo lugar el día 21 de noviembre de 2013;

Que, el artículo 21 del decreto supremo Nº 315, de 2010, del Ministerio de Educación, establece que la solicitud de autorización y toda la documentación requerida para crear una nueva especialidad, en el caso de los establecimientos técnico-profesionales, deberá presentarse a más tardar el 30 de diciembre del año anterior a aquel en que dicha especialidad comience su funcionamiento;

Que, el artículo 24 bis del decreto supremo Nº 315 indicado, faculta al Subsecretario de Educación, de manera excepcional y por resolución fundada, a aumentar los plazos dispuestos en el Párrafo Primero del Título II de dicha norma, párrafo en el cual se encuentra el mencionado artículo 21;

Que, con el objeto de facilitar la posibilidad de que aquellos establecimientos que han presentado planes y programas propios conforme a lo dispuesto en el decreto supremo Nº 452, puedan obtener la aprobación de las especialidades correspondientes para poder impartirlas el año escolar 2014, se hace necesario aumentar el plazo señalado; y

Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación; el decreto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR