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Decreto núm. 135, publicado el 26 de Mayo de 1995. MODIFICA PRECIOS DE PARIDAD DE COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETROLEO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA PRECIOS DE PARIDAD DE COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETROLEO QUE INDICA

Santiago, 22 de mayo de 1995.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 135.- Visto: Lo dispuesto en el Artículo 2 de la Ley N° 19.030; el Artículo 7 del Decreto Supremo N° 9 del 15 de Enero de 1991, de los Ministerios de Minería y de Hacienda; el N° 42 del Artículo Primero del Decreto Supremo N° 654, de 1994, del Ministerio del Interior, lo informado por la Comisión Nacional de Energía en documento adjunto a su Oficio Ord. N° 434/95 de 22 de Mayo de 1995.

Decreto:

Artículo primero

Fíjase como los siguientes los precios de paridad de los combustibles derivados del petróleo que indica:

Precios de Paridad

Combustibles US$\M3

IFO 180 133.74

Nafta 147.88

Estos precios entrarán en vigencia el día 29 de Mayo de 1995.

Artículo segundo

Déjase constancia que no habiendo una variación superior a un dos por ciento en los precios de paridad observado respecto de los vigente, los siguientes combustibles mantendrán vigente el precio de paridad:

Combustibles US$\M3

Gasolina 93 189.75

Gasolina 81 177.59

Kerosene Doméstico 163.81

Petróleo Diesel 2D 157.37

Petróleo Combustible N° 6 127.63

Petróleo Combustible...

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