Decreto núm. 3810 EXENTO, publicado el 08 de Noviembre de 2013. POSTERGA POR UN PLAZO DE TRES MESES, PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES PARA ÁREA QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA |
Rango de Ley | Decreto |
POSTERGA POR UN PLAZO DE TRES MESES, PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES PARA ÁREA QUE INDICA
Núm. 3.810 exento.- La Florida, 4 de noviembre de 2013.- Vistos: El ordinario Nº 4.880 del Secretario Ministerial Metropolitano de 24 de octubre de 2013; los ordinarios Nº 759 y 764 del Alcalde de 21 y 23 de octubre de 2013; el decreto exento Nº 3.231 de 21 de octubre de 2013; los acuerdos Nº 283 y 284 del Concejo Municipal, adoptado en la sesión ordinaria Nº 29 de 16 de octubre de 2013; lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y las facultades conferidas por las Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Considerando:
Que este municipio solicitó a la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo un informe favorable para la aplicación del artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y del artículo 1.4.18 de la ordenanza general, que permite disponer la postergación selectiva de los permisos de construcción por un plazo de tres meses en parte del territorio de la comuna de La Florida, correspondiente a parte de las actuales zonas E-AB1 y Z-AM del Plan Regulador Comunal (PRC) de La Florida, de acuerdo a lo graficado en el "Plano de Postergación de permisos de edificación asociadas a la modificación Nº 9 del Plan Regulador Comunal de La Florida" modificación Zona E-AB1, sector precordillerano y zona Z-AM predios aledaños al Santuario de Schöenstatt. Ello mientras se estudia y aprueba una modificación al PRC de La Florida, que busca generar una nueva normativa que garantice el valor paisajístico-ambiental del sector de la precordillera de la comuna, individualizado en el plano indicado anteriormente y regular la altura y normas urbanísticas de los predios colindantes al predio del Santuario de Schöenstatt, de manera de homologar las características urbanísticas con dicho inmueble de conservación históricas, en el polígono individualizado en el plano mencionado.
Que la mencionada solicitud se fundamenta en la necesidad de evitar la proliferación de proyectos de edificaciones que puedan atentar contra las normas urbanísticas que la citada modificación al PRC propone, mientras se tramita el cambio normativo y se pide aplicar la postergación de permisos en forma selectiva, para evitar sólo aquellos proyectos de edificación que se contradigan con las nuevas...
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