Decreto 1085 - POSTERGA POR PLAZO QUE SEÑALA, PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO, URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES EN SECTOR QUE INDICA - MUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 427853650

Decreto 1085 - POSTERGA POR PLAZO QUE SEÑALA, PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO, URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES EN SECTOR QUE INDICA

EmisorMUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor15 de Marzo de 2013

POSTERGA POR PLAZO QUE SEÑALA, PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO, URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES EN SECTOR QUE INDICA

Padre Hurtado, 12 de marzo de 2013.- La Alcaldía de Padre Hurtado decreta hoy lo siguiente:

Núm. 1.085/2013.- Vistos y considerando:

Que se encuentra iniciado la Modificación del Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado, por la vía de enmienda, denominada "Enmienda Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado Zona E-6" a fin de relocalizar la Zona E-6, destinada a Equipamiento dentro del sector de las parcelas 9 y 10 del ex fundo El Progreso, en el área sur poniente de la comuna.

La necesidad de proteger las Áreas no consolidadas actualmente existentes en el sector mientras se estudia y se aprueba un cambio normativo, a través de una enmienda al Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado para que no proliferen en el área proyectos que se contraponen con las nuevas normas en estudio.

El Acuerdo N° 3 de fecha 14 de diciembre de 2012, del H. Concejo Municipal de Padre Hurtado, que aprueba el inicio del estudio denominado "Enmienda Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado Zona E-6"; el decreto alcaldicio N°4.283 de fecha 14 de diciembre de 2012; el ordinario N° 1.032 de fecha 8 de marzo de 2013, que informa favorablemente la solicitud de Postergación de Permisos de Subdivisión, Loteo, Urbanización Predial y de Construcciones, por un período de tres meses, de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y el informe N°11 de fecha 14 de enero de 2013 del Asesor Urbanista.

Lo dispuesto en el artículo 52° de la ley N°19.880, de 2003, que establece Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; las atribuciones que me confiere el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el artículo 1.4.18 de su Ordenanza y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en ejercicio.

Decreto:

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