Resolucion núm. 57 EXENTA, el 23 de Octubre de 2008. CREA EL SERVICIO POSTAL 'GIROS POSTALES ELECTRÓNICOS INTERNACIONALES' - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470233262

Resolucion núm. 57 EXENTA, el 23 de Octubre de 2008. CREA EL SERVICIO POSTAL 'GIROS POSTALES ELECTRÓNICOS INTERNACIONALES'

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

CREA EL SERVICIO POSTAL "GIROS POSTALES ELECTRÓNICOS INTERNACIONALES"

Núm. 57 exenta.- Santiago, 6 de agosto de 2008.- Vistos y considerando: El D.F.L. número 10, de 1981, el artículo número 5 del decreto número 642, de 2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; la necesidad de crear nuevos servicios postales para satisfacer las necesidades del mercado; el Acuerdo número 58, de 2008, del Directorio de la Empresa de Correos de Chile, adoptado en la Sesión Tercera Extraordinaria del 3 de julio de 2008; la resolución número 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y en uso de las facultades que me confieren la resolución número 1, de 2002, y la resolución exenta número 15, de 2006, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente

Resolución:

  1. - Créase y reglaméntase el servicio postal denominado "Giros Postales Electrónicos Internacionales", para el ámbito internacional, también denominado "CorreoGiros".

  2. - El servicio de "Giros Postales Electrónicos Internacionales" o "CorreoGiros", es un servicio postal que permite a las personas naturales enviar dinero a destinatarios determinados, ubicados en España y Uruguay, o recibir dineros de remitentes ubicados en dichos países, mediante el intercambio de órdenes de pago electrónicas postales en efectivo.

  3. - Las características del servicio son las siguientes:

    1. Cobertura Internacional: España y Uruguay, tanto para enviar y recibir Giros Postales Electrónicos Internacionales.

    2. Los fondos son depositados en efectivo en la moneda del país emisor por el remitente, para el pago en efectivo al destinatario, debidamente identificado, en la moneda del país de destino, aplicando el tipo de cambio vigente informado diariamente por la Unión Postal Universal para el servicio, en el momento de la admisión del "CorreoGiros".

    3. El remitente recibirá en el país emisor un "Código de Seguridad" que deberá informar al destinatario para que se efectúe el pago en el país de destino.

    4. Monto máximo de giro es 2.150.000 pesos chilenos.

    5. El destinatario podrá requerir el giro en el país de destino dentro de los 60 días hábiles siguientes, contados desde la imposición. Transcurrido este plazo, el Giro Postal Electrónico Internacional regresará al país de origen y sólo podrá ser retirado allí por el remitente dentro del plazo de dos años, contados desde la fecha del respectivo giro.

    6. Tiempo de Entrega: Los Giros Postales Electrónicos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR