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Decreto núm. 276, publicado el 13 de Junio de 1988. OTORGA CALIDAD DE POSEEDOR REGULAR SOBRE INMUEBLE FISCAL SITUADO EN ISLA DE PASCUA A DON SAMUEL CARDINALI

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CALIDAD DE POSEEDOR REGULAR SOBRE INMUEBLE FISCAL SITUADO EN ISLA DE PASCUA A DON SAMUEL CARDINALI

Núm. 276.- Santiago, 06 de Abril de 1988.- Vistos estos antecedentes; lo informado por la División de Bienes Nacionales y por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, en oficios adjuntos; en virtud de lo dispuesto en los DL N°s 1.939, de 1977 y 2.885, de 1979; en el D.R. No. 269 de 1980 y sus modificaciones; en la Ley No. 17.288; y en la resolución No. 574, de 1985,

Decreto:

Otórgase a don Samuel Cardinali la calidad de poseedor regular, sobre los inmuebles fiscales que más adelante se señalan, situados en Isla de Pascua, comuna y provincia del mismo nombre, V Región de Valparaíso; inscritos en mayor cabida a fs. 1 No. 1, en el Registro de Propiedad de 1966, del Conservador de Bienes Raíces de Isla de Pascua; con los planos, superficies y deslindes que en cada caso se mencionan

  1. Parte del Sitio No. 1, manzana 24;

    individualizado en el plano No. V-2-381-S.U.; con una superficie de trescientos veintidós metros cuadrados (322,00 m2.); y deslinda: Norte calle Pito Tehenua, en 1,80 metros, separado por marcas físicas; Este, terreno ocupado por María Teao Fati, en línea quebrada en trazos de 12,00; 9,40 1,50 y 3,40 metros; y terreno ocupado por Amelia Atam, en 8,00 metros, todo separado por pirca; Sur, terreno ocupado por José Pakomio, en 16,70 metros, separado por marcas físicas; y Oeste, calle Avarcipua, en 33,00 metros, separado por marcas físicas.

  2. Parte del Sitio 4, manzana 26; individualizado en el plano No. V-2-382-S.U.; con una superficie de trescientos sesenta y nueve metros cuadrados (369,00 m2.); y deslinda: Norte, terreno de Marta Paoa, en 12,20 metros, separado por cerco parcial, en 12,10 metros, separado por muro de edificación y en 8,00 metros, separado por cerro parcial; Este, terreno de Marta Paoa, en 10,70 metros, separado por cerco parcial; Sur, terreno ocupado por Flora Hotus, en 33,9D metros, separado por pirca, y Oeste, calle Policarpo Toro, en 12,00 Metros, separado por pirca.

    Los terrenos antes señalados no podrán ser enajenados a título alguno, por acto entre vivos, a personas naturales o jurídicas extranjeras.

    Con autorización del Ministerio de Bienes Nacionales, previo informe de la Comisión Especial de Radicaciones, se podrán transferir los terrenos a chilenos no comprendidos en los incisos segundo y tercero del...

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