Resolucion núm. 707, el 08 de Octubre de 2008. ESTABLECE ÁREA REGULADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (Lobesia botrana ) EN LA REGIÓN DE ATACAMA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470237406

Resolucion núm. 707, el 08 de Octubre de 2008. ESTABLECE ÁREA REGULADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (Lobesia botrana ) EN LA REGIÓN DE ATACAMA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE ÁREA REGULADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (Lobesia botrana ) EN LA REGIÓN DE ATACAMA

Núm. 707.- Copiapó, 29 de septiembre de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº3.557 de 1980, que establece disposiciones sobre Protección Agrícola y las resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero Nº3.080 de 2003 y N°2.109 de 2008.

Considerando:

  1. Que, es necesario disponer de las medidas de control fitosanitario necesarias para contener el avance de la plaga Lobesia botrana y erradicarla del país.

  2. Que, para este propósito el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) está facultado para establecer las medidas de control que estime necesarias, en resguardo del patrimonio fitosanitario nacional.

  3. Que, por resolución N°2.109 de 2008, citada en los Vistos, se estableció que se fijará como área regulada para la plaga la zona definida por un radio de 5 km. determinado por cada lugar de detección.

  4. Que a la fecha se tienen una detección positiva en el área que permiten definir la zona afectada por la plaga,

    Resuelvo:

  5. Establécese como área regulada para Lobesia botrana en la Región de Atacama, el polígono de 18 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación:

    ID X Y

    1 381825 6946008

    2 381213 6944327

    3 380063 6942957

    4 378514 6942063

    5 376753 6941752

    6 374992 6942063

    7 373443 6942957

    8 372293 6944327

    9 371681 6946008

    10 371681 6947796

    11 372293 6949477

    12 373443 6950847

    13 374992 6951741

    14 376753 6952052

    15 378514 6951741

    16 380063 6950847

    17 381213 6949477

    18 381825 6947796

  6. El polígono que determina el área reglamentada incorpora parcialmente la siguiente comuna:

    Tierra Amarilla

  7. Aplíquense las medidas fitosanitarias, establecidas en la resolución 2.109 de 2008, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, según...

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