Decreto núm. 575, publicado el 23 de Noviembre de 1994. APRUEBA PLANO QUE DETERMINA LAS ZONAS DE PROTECCION PARA EL HELIPUERTO ASISTENCIA PUBLICA, UBICADO EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGION METROPOLITANA - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470816658

Decreto núm. 575, publicado el 23 de Noviembre de 1994. APRUEBA PLANO QUE DETERMINA LAS ZONAS DE PROTECCION PARA EL HELIPUERTO ASISTENCIA PUBLICA, UBICADO EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGION METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLANO QUE DETERMINA LAS ZONAS DE PROTECCION PARA EL HELIPUERTO "ASISTENCIA PUBLICA", UBICADO EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGION METROPOLITANA Núm. 575.- Santiago, 5 de Octubre de 1994.-Vistos:

  1. Lo dispuesto en los Arts. 3° letra h) y 5° de la Ley N° 16.752 de 1968;

  2. Lo dispuesto en los Arts. 14°, 15° y 16° del Código Aeronáutico, aprobado por la Ley N° 18.916 de 1990;

  3. El Plano de Protección del Helipuerto "Asistencia Pública" de Santiago N° PP-94-H01, confeccionado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y

  4. Lo dispuesto en el Art. 32° N° 8, de la Constitución Política de la República, y

Considerando: Lo solicitado por la Dirección General de Aeronáutica Civil en oficio (O) N° 05/0/1045/3801 de 14.Set.994,

Decreto:

  1. - Apruébase el Plano N° PP-94-H01 Escala 1:1.000, confeccionado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, que determina las zonas de protección del Helipuerto "Asistencia Pública" de Santiago, ubicado al costado noroeste de la intersección de las calles Curicó y Avda. Portugal de la Comuna de Santiago, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.

  2. - Defínense las zonas de protección y establécense las restricciones de altura para cada una de ellas, según se indica a continuación:

    A.- Area de Toma de Contacto y de Elevación Inicial:

    Plataforma reforzada que permite la toma de contacto o la elevación inicial de los helicópteros.

    El área de toma de contacto y de elevación inicial del Helipuerto de la Asistencia Pública tiene dimensiones de 24 m. de largo por 18 m. de ancho y se encuentra ubicada en la cota 575 m. sobre el nivel medio del mar.

    B.- Primera Sección: Terreno comprendido bajo la superficie de las trayectorias de aproximación-despegue, se ubica en el polígono delimitado por arcos circulares de 250 m. de radio, medidos con centro en los vértices S-O y S-P del Helipuerto y que se extiende desde las calles Curicó y General Jofré por el Norte, Marín por el Sur, Malaquita por el Poniente, Avda. Portugal y San Camilo por el Oriente.

    La restricción de altura en esta sección quedará determinada por la superficie de rasante aplicada a partir de los extremos frontales del área de toma de contacto y elevación inicial, con una pendiente de 8%.

    C.- Segunda Sección: Terreno comprendido bajo la superficie de las trayectorias de aproximación y despegue, se ubica concéntrico y a partir del borde exterior de la primera sección en dos polígonos de 250 m. de ancho, delimitados por las siguientes calles:

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