Resolución núm. 5772 EXENTA, publicada el 29 de Noviembre de 2013. ESTABLECE PISTAS DE USO EXCLUSIVO PARA BUSES EN TRAMO DE AVENIDA DEPARTAMENTAL QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 478593582

Resolución núm. 5772 EXENTA, publicada el 29 de Noviembre de 2013. ESTABLECE PISTAS DE USO EXCLUSIVO PARA BUSES EN TRAMO DE AVENIDA DEPARTAMENTAL QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

ESTABLECE PISTAS DE USO EXCLUSIVO PARA BUSES EN TRAMO DE AVENIDA DEPARTAMENTAL QUE INDICA

Núm. 5.772 exenta.- Santiago, 12 de noviembre de 2013.- Visto: La ley Nº 18.059, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las resoluciones Nos 39, de 1992 y 59, de 1985, ambas de la misma Secretaría de Estado señalada; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; la ley Nº 19.300, de Bases del Medio Ambiente; el decreto supremo Nº 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el decreto supremo Nº 66, de 3 de junio de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA); el oficio Ord. Nº 11.811, de 29 de octubre de 2013, del Director del Serviu Metropolitano, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. - Que la conclusión de las obras correspondientes al Proyecto denominado "Habilitación Corredor de Transporte Público Departamental Oriente entre Vicuña Mackenna y Tobalaba", informado por el Serviu Metropolitano mediante el oficio Ord. Nº 11.811, de 2013, citado en el Visto, permitirá destinar una pista por sentido de circulación en la calzada central de Avenida Departamental para uso exclusivo de buses de transporte público urbano, permitiendo incrementar la velocidad de circulación de los mismos y disminuir los tiempos de viaje y de espera de los usuarios.

  2. - Que lo anterior también se enmarca dentro del Plan de Gestión de Tránsito de esta Secretaría Regional, diseñado para enfrentar Períodos de Gestión de Episodios Críticos, establecido en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), toda vez que debe estimularse la agilidad de los viajes en el transporte público.

  3. - Que, por lo expuesto, existe una causa justificada en los términos del artículo 113 del DFL Nº 1, de 2007, de Transportes y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.

  4. - Que el artículo 2º del citado DFL Nº 1, de 2007, establece que las pistas de uso exclusivo son espacios de la calzada, debidamente señalizados, destinados únicamente al...

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