Ordenanza núm. 56, publicada el 05 de Julio de 2006. APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE ZONAS, EMPLAZAMIENTOS PERMITIDOS Y RESTRINGIDOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES DE ALCOHOLES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA |
Rango de Ley | Ordenanza |
APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE ZONAS, EMPLAZAMIENTOS PERMITIDOS Y RESTRINGIDOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES DE ALCOHOLES
Núm. 56.- La Florida, 29 de junio de 2006.- Vistos y Considerando:
. Que el artículo 8º de la ley Nº 19.925 sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas establece que "la municipalidad determinará en su respectivo plan regulador o a través de ordenanza municipal, las zonas de su territorio en las que podrán instalarse establecimientos clasificados en las letras D), E) y O) del artículo 3º y locales que expendan bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del respectivo local.".
. Que no obstante lo anterior, la norma antes transcrita establece que no se concederá patentes para que funcionen en conjuntos habitacionales, a aquellos establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas que determine mediante ordenanza municipal.
. Los informes elaborados por Carabineros de Chile y por la Brigada de Investigación Criminal de la Policía de Investigaciones respecto a los sectores vulnerables para otorgamiento de patentes de alcoholes.
. Los elementos técnicos proporcionados a la Comisión de Comercio del Concejo Municipal por la Dirección de Obras, la Dirección Jurídica, la Dirección de Seguridad Ciudadana, la Dirección de Rentas y la Dirección de Desarrollo Comunitario; el Informe Nº 578 de la Directora de Obras de 29 de mayo de 2006.
. El Acuerdo Nº 2.899 adoptado por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 289 de 22 de junio de 2006.
. Lo dispuesto en la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado y
. Lo previsto en el decreto con fuerza de ley Nº 2-19.704 que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
D i s p o n g o:
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- Apruébase la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE ZONAS, EMPLAZAMIENTOS PERMITIDOS Y RESTRINGIDOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES DE ALCOHOLES
Los establecimientos de expendio de alcoholes clasificados en las letras D) cabarés o peñas folklóricas, E) cantinas, bares, pubs y tabernas, O) salones de baile o discotecas del artículo 3º de la ley Nº 19.925 y los locales que expendan bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del respectivo local, categorías A) depósitos de bebidas alcohólicas, H) minimercados y P) supermercados...
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