Decreto núm. 275, publicado el 21 de Abril de 1976. FIJA LIMITES PERIFERICOS AL RECINTO DE LA ZONA FRANCA DE PUNTA ARENAS Y DELEGA EN EL INTENDENTE REGIONAL ATRIBUCIONES QUE SEÑALA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497604346

Decreto núm. 275, publicado el 21 de Abril de 1976. FIJA LIMITES PERIFERICOS AL RECINTO DE LA ZONA FRANCA DE PUNTA ARENAS Y DELEGA EN EL INTENDENTE REGIONAL ATRIBUCIONES QUE SEÑALA

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

FIJA LIMITES PERIFERICOS AL RECINTO DE LA ZONA FRANCA DE PUNTA ARENAS Y DELEGA EN EL GOBERNADOR REGIONAL ATRIBUCIONES QUE SEÑALA

Núm. 275.- Santiago, 19 de Marzo de 1976.- Vistos: el oficio N° 185, de fecha 13 de Marzo de 1976, de la Intendencia de la XII Región "Magallanes y Antártica Chilena", y

Considerando la necesidad de fijar los límites del área a que se refiere el artículo , letra a), del decreto ley N° 1.055, de 1975, modificado por el decreto ley N° 1.233, de 1975, y de la Zona Franca de Extensión referida en el artículo 16 del mismo cuerpo legal;

Que a objeto de acelerar la puesta en marcha de la Zona Franca de Punta Arenas se advierte la conveniencia de delegar en el Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena las facultades relacionadas con la concesión, administración, supervigilancia y del establecimiento de normas de procedimientos internos de control y fiscalización de dicha Zona Franca, y

Teniendo presente lo establecido en los decretos leyes Nºs. 1.055 y 1.233, ambos de 1975,

Decreto:

Articulo 1º

Fíjanse los siguientes límites periféricos al recinto de la Zona Franca de Punta Arenas, de conformidad con lo graficado en el Plano N°12101-1493-CU, de la División del Catastro Nacional de los Bienes del Estado, Ministerio de Bienes Nacionales, y que forma parte integrante del presente decreto:

Al Norte:

Tramo F-G, con Villa Torres del Paine, separado por cerco en línea recta en 310,0 metros.

Tramo H-I, I-a, a-d, d-J y K-L, con Propiedad Fiscal, Lote 5b1, Calle Nueva - Bien Nacional de Uso Público, lotes 5b3, 5b6, 5b7, 5b8 y Avenida Costanera, separado por cerco en línea recta cada uno en una extensión de 22,6; 133,0; 29,0; 196,1; 97,1; 97,1; 135,5 y 4,1 metros, respectivamente.

Al Sur:

Tramos N-O, P-Q, y Q-A, con Propiedad Equipamiento Villa El Golf, parte calle Chañarcillo y Propiedad de la Universidad de Magallanes, separado por cerco en línea recta de 125,2; 225,5 y 609,5 metros, respectivamente.

Al Este:

Tramo J-K, L-M, M-N, y O-P con Avenida Costanera y Equipamiento Villa El Golf, separado por cerco en parcialidades de 228,1; 248,4; 82,0 y 11,0 metros, respectivamente.

Al Oeste:

Tramos A-B, B-E y E-F, con Avenida Bulnes, separado por cerco en línea recta de 199,6; 30,00 y 188,7 metros, respectivamente.

Artículo 2°

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