Decreto núm. 295, publicado el 12 de Febrero de 1999. ESTABLECE VALOR PATRIMONIAL Y DETERMINA PASIVOS CON EL FISCO PARA LA EMPRESA PORTUARIA AUSTRAL - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471242302

Decreto núm. 295, publicado el 12 de Febrero de 1999. ESTABLECE VALOR PATRIMONIAL Y DETERMINA PASIVOS CON EL FISCO PARA LA EMPRESA PORTUARIA AUSTRAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE VALOR PATRIMONIAL Y DETERMINA PASIVOS CON EL FISCO PARA LA EMPRESA PORTUARIA AUSTRAL

Núm. 295.- Santiago, 14 de diciembre de 1998.- Visto: La ley Nº 19.542 de 19 de diciembre de 1997, que moderniza el Sector Portuario Estatal, en particular en sus artículos 6º y 7º transitorios; la resolución Nº 3, de 28 de enero de 1997, que adjudicó a Inecon Ltda., la Propuesta Pública Dir 7/96 sobre Valorización de Activos Fijos de propiedad de la Empresa Portuaria de Chile, y de aquellos que, siendo de propiedad del Fisco de Chile o de otro servicio público integrante de la Administración del Estado, actualmente usa o explota; el Acuerdo adoptado en Sexta Sesión Extraordinaria de 25 de agosto de 1998 del Directorio de la Empresa Portuaria de Chile; el D.S. Nº 170 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de 23 de julio de 1998, publicado en el Diario Oficial el 1º de agosto de 1998, que designó directorio de la Empresa Portuaria Austral y, lo dispuesto en artículo 32º Nº 8 de la Constitución Política del Estado.

D e c r e t o:

Artículo 1º

Apruébase, el balance realizado al 31 de julio de 1998 por la Empresa Portuaria de Chile, correspondiente a la Administración del Puerto de Punta Arenas y Terminal de Transbordadores de Puerto Natales, los cuales se entenderá que forman parte integrante del presente decreto.

Artículo 2º

Determínase que los bienes que conforman el patrimonio inicial de la Empresa Portuaria Austral y su valor libro son los que se señalan en el anexo adjunto, los cuales forman parte integrante del presente decreto.

Artículo 3º

Determínase que la Empresa Portuaria Austral es deudora del Fisco por un monto equivalente a 102.774 Unidades de Fomento (Ciento dos mil setecientos setenta y cuatro Unidades de Fomento), distribuidas en 40 (cuarenta) cuotas semestrales iguales, de 4.628 (Cuatro mil seiscientos veintiocho Unidades de Fomento) con vencimiento los días 30 de abril y 31 de octubre de cada año, a contar del 30 de abril de 1999. El monto de la deuda anterior podrá ser prepagado en cualquiera de las fechas de vencimiento de las cuotas, en cuyo caso se aplicará una tasa de descuento anual de 6,5% (seis coma cinco por ciento) por el período de anticipación de pago.

Artículo 4º

La Empresa Portuaria de Chile aportará a la Empresa Portuaria Austral, la suma de $857.045.591.- (ochocientos cincuenta y siete millones cuarenta y cinco mil quinientos noventa y un...

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