Decreto núm. 92, publicado el 06 de Marzo de 1987. APRUEBA ORDENANZA SOBRE OTORGAMIENTO DE PATENTES DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS - MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470998338

Decreto núm. 92, publicado el 06 de Marzo de 1987. APRUEBA ORDENANZA SOBRE OTORGAMIENTO DE PATENTES DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA SOBRE OTORGAMIENTO DE PATENTES DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

Florida, Febrero 20 de 1987.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:

Núm. 92.- Vistos estos antecedentes: La necesidad de reglamentar en forma objetiva los requisitos fundamentales para el otorgamiento de las Patentes de Alcoholes en la Comuna; las disposiciones contenidas en la Ley 17.105, sobre Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres y Reglamento II de la misma Ley; los artículos pertinentes del Decreto Ley No. 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales y Decreto Supremo No. 484, de 1980, del Ministerio del Interior, sobre el Reglamento para aplicación de los artículos 23° y siguientes del Título IV, del citado Decreto Ley No. 3.063; lo dispuesto en la letra e) del artículo 22° de la Ley No. 16.880, sobre Organizaciones Comunitarias; el Decreto No. 458, de 1975, de Vivienda y Urbanismo que fija el texto de la Ley General de Construcciones y Urbanismo;

Considerando: Lo establecido en el Decreto Supremo No. 1.195, del 12.08.86, del Ministerio de Justicia, que fija el número de Patentes Limitadas de Alcoholes para las diversas comunas del país;

Teniendo presente: Las facultades que me otorgan los artículos 12° y 13° del Decreto Ley No. 1.289 de 1976, Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal, se dicta lo que sigue:

ORDENANZA SOBRE OTORGAMIENTO DE PATENTES DE ESTABLECIMIENTOS

DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

TITULO I Artículos 1 a 4

Normas Generales

Artículo 1°

La presente Ordenanza tiene por objeto regular el otorgamiento de Patentes a establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas en el terreno jurisdiccional de la comuna de Florida, sin perjuicio de las normas que sobre la materia contempla la Ley No. 17,105, sobre Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres y Reglamento, y demás cuerpos legales y reglamentarlos pertinentes.

Artículo 2°

Todas las patentes que se otorguen en la comuna para establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, serán de 1ra. Clase.

Artículo 3°

Toda patente para funcionamiento de negocios de expendio de bebidas alcohólicas, sólo podrá ser otorgada por Decreto Alcaldicio, una vez observados los trámites y cumplidos los requisitos que se señalan en los artículos de la presente Ordenanza.

Artículo 4°

La solicitud de autorización para funcionamiento de un negocio o establecimiento de expendio de alcoholes deberá ser acompañada de los siguientes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR