Decreto 48 - MODIFICA REGLAMENTO PARTICULAR DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA APROBADO POR DECRETO Nº 169, DE 1995 - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456984506

Decreto 48 - MODIFICA REGLAMENTO PARTICULAR DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA APROBADO POR DECRETO Nº 169, DE 1995

EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor11 de Diciembre de 2007

MODIFICA REGLAMENTO PARTICULAR DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA APROBADO POR DECRETO Nº 169, DE 1995

Núm. 48.- Santiago, 14 de agosto de 2007.- Visto: Lo dispuesto en las leyes Nºs. 11.764, artículo 134;

16.395, artículo 24; 17.538, artículo único; en el D.S.

Nº 28, de 1994, y el D.S. Nº 169 de 1995, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social; y la facultad que me confiere el artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile.

Decreto:

Artículo único

Incorpórense al reglamento particular del Servicio de Bienestar de la Presidencia de la República aprobado por D.S. Nº 169, de 1995, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, las siguientes modificaciones:

  1. - En el título IV "De los Beneficios" agrégase a continuación del artículo 13º, el siguiente artículo 13 bis: "El Servicio con el propósito de mejorar el nivel de atención de sus asociados y respectivos beneficiarios y dependiendo de los recursos presupuestarios, podrá contratar, subsidiar, bonificar y/o financiar parcial o totalmente seguros colectivos de vida, salud, dental y catastróficos a favor de las personas naturales ya identificadas, sin perjuicio de que estas personas puedan concurrir al pago de seguros de características similares o idénticas condiciones.

  2. - Sustitúyase la enumeración contenida en el título IV, párrafo 2º, "Otras Prestaciones", artículo 9º letra c), Nº 3, Nº4 y Nº 5 por la siguiente:

"3º A los hijos;

4º A los padres;"

Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la recopilación que corresponda de la Contraloría General...

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