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Decreto núm. 7, publicado el 05 de Junio de 2010. CREA PARQUE NACIONAL 'SALAR DEL HUASCO' EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyDecreto

CREA PARQUE NACIONAL "SALAR DEL HUASCO" EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ

Núm. 7.- Santiago, 2 de febrero de 2010.- Vistos: Estos antecedentes, lo solicitado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región de Tarapacá, mediante oficio Nº 33, de 4 de junio de 2008; lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la misma región, en oficio Nº SE01-612-2009, de 26 de febrero; por la División de Bienes Nacionales, mediante oficios Nºs 198, de 9 de marzo y 364, de 5 de mayo, todos de 2009 y 51, de 19 de enero de 2010, y Providencia Nº 69 de 21 de enero de 2010; la autorización otorgada por la Ministra de Bienes Nacionales, mediante oficios GABM. Nºs. 124, de 18 de marzo de 2009 y 20, de 20 de enero de 2010, de su Jefe de Gabinete; en virtud de lo dispuesto en el DL Nº 1.939, de 1977 y sus modificaciones; el DS Nº 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como ley de la República la "Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América", suscrita en Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, el 12 de octubre de 1940; en el DS Nº 868 de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como ley de la República, la Convención sobre la "Conservación de las Especies Migratorias de Fauna Salvaje"; el DS Nº 1.963, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como ley de la República el "Convenio sobre Diversidad Biológica"; el DFL Nº 294, de 1960, Orgánico del Ministerio de Agricultura; el artículo 34, de la ley Nº 19.300 que señala que: "El Estado administrará un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas, que incluirá los parques y reservas marinas, con objeto de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza y conservar el patrimonio ambiental"; las facultades que me confieren los artículos 19 Nº 8 y 32º Nº 6 de la Constitución Política de la República y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza y la protección del medio ambiente.

Que mediante decreto (exento) Nº 633, de 30 de noviembre de 2005, del Ministerio de Bienes Nacionales, se destinó a este Servicio el inmueble fiscal denominado Salar del Huasco, con la finalidad de aportar a la "Estrategia Nacional de la Biodiversidad".

Que durante el año 2008 se constituyó el Comité de Ministros de Áreas Protegidas, con la finalidad de coordinar los distintos servicios públicos que tuvieran competencia de creación, gestión y administración de áreas protegidas del Estado, presidido por la Ministra del Medio Ambiente e integrado por los Ministros(as) de Agricultura, Minería y Energía, Obras Públicas y Bienes Nacionales.

Que uno de los objetivos que se ha trazado este Comité, es la creación de nuevas áreas para ser incorporadas al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado...

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