Decreto 6 - APRUEBA PROYECTO PARCIAL PLAN REGULADOR COMUNAL DE GORBEA, LOCALIDAD DE GORBEA, DE CONFORMIDAD A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 16.282 - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 390044184

Decreto 6 - APRUEBA PROYECTO PARCIAL PLAN REGULADOR COMUNAL DE GORBEA, LOCALIDAD DE GORBEA, DE CONFORMIDAD A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 16.282

EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor24 de Julio de 2012

APRUEBA PROYECTO PARCIAL PLAN REGULADOR COMUNAL DE GORBEA, LOCALIDAD DE GORBEA, DE CONFORMIDAD A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 16.282

Santiago, 25 de enero de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 6.- Vistos: Lo dispuesto en el DL N° 1.305, de 1975; la ley N° 16.391, en especial su artículo 21 inciso cuarto; el artículo 27 del decreto N° 104, del Ministerio del Interior, de 1977, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley N° 16.282; el DFL N°458, de Vivienda y Urbanismo, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el DS N° 47, de Vivienda y Urbanismo, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; el DS N° 150, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, del 27 de febrero de 2010 (DO del 2 de marzo de 2010), que declara a las Regiones de Valparaíso, del Libertador Bernardo O'Higgins, del Maule, del Biobío, de la Araucanía y Metropolitana de Santiago como afectadas por la catástrofe derivada del sismo con características de terremoto ocurrido en dichas regiones el 27 de febrero de 2010; el artículo primero del DS N° 148, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, del 23 de febrero de 2011 (DO 28 de marzo de 2011), que extiende la vigencia de las medidas de excepción establecidas en la ley N° 16.282, por un plazo de doce meses; el acuerdo N° 280, del 15 noviembre 2011, del Concejo Municipal de la I. Municipalidad de Gorbea; el Ord. N° 43, del 5 de enero de 2012, del Alcalde de la comuna de Gorbea, dirigido al Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo, y las facultades que me confiere el artículo 32 número 6°, de la Constitución Política de la República de Chile.

Considerando:

  1. Que la Municipalidad de Gorbea tramitó la propuesta de Plan Regulador Comunal, acogiéndose a las disposiciones del inciso tercero del artículo 27 del decreto N° 104, del Ministerio del Interior, de 1977, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley N° 16.282, por carecer de Plan Regulador Comunal, denominándola como "Anteproyecto de Plan Regulador Comunal de Gorbea, localidad de Gorbea".

  2. Que en consideración a que la propuesta no incorpora todos los centros poblados de la comuna, corresponde que la propuesta sea denominada como "Proyecto Parcial del Plan Regulador Comunal de Gorbea", toda vez que regula exclusivamente a la localidad de Gorbea.

  3. Que aun cuando algunos documentos, que forman parte del expediente, lo denominan como "Anteproyecto de Plan Regulador Comunal de Gorbea" debe entenderse como referido a "Proyecto Parcial del Plan Regulador Comunal de Gorbea".

Decreto:

Artículo 1°

Derógase el decreto supremo N° 495, del 12 de octubre de 1973, publicado en el Diario Oficial del 23 de octubre de 1973, que fijó el límite urbano de la localidad de Gorbea.

Artículo 2°

Apruébase el Proyecto Parcial del Plan Regulador Comunal de Gorbea, localidad de Gorbea, de conformidad a lo indicado en la Memoria Explicativa, el Estudio de Factibilidad, la Ordenanza Local y el Plano PRC 09107-01-Gorbea, denominado Proyecto...

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