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Decreto núm. 1404 EXENTO, publicado el 28 de Diciembre de 2011. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.

Santiago, 3 de noviembre de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 1.404 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº4, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

  6. El decreto supremo Nº282, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº42.769, de 21.06.2011.

  8. La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel N° 43.220, de 23.06.2011, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella.

  9. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº96.806.980-2, con domicilio en Av. Andrés Bello Nº 2711, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) estación base.

      La estación base que se autoriza, se conectará a la red existente a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación.

    3. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

    4. La resolución exenta N°3.976, de 2011, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión, dictada...

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