Decreto 349 - MODIFICA DECRETO NÚMERO 224, DE 2009, OTORGANDO NUEVO PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LAS ESCRITURAS QUE SEÑALA, POR LOS USUARIOS DEL EMBALSE SANTA JUANA DFL 1.123/81 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 429001626

Decreto 349 - MODIFICA DECRETO NÚMERO 224, DE 2009, OTORGANDO NUEVO PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LAS ESCRITURAS QUE SEÑALA, POR LOS USUARIOS DEL EMBALSE SANTA JUANA DFL 1.123/81

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor23 de Marzo de 2013

MODIFICA DECRETO NÚMERO 224, DE 2009, OTORGANDO NUEVO PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LAS ESCRITURAS QUE SEÑALA, POR LOS USUARIOS DEL EMBALSE SANTA JUANA DFL 1.123/81

Núm. 349.- Santiago, 5 de diciembre de 2012.- Vistos: El decreto supremo MOP N° 192, de 28 de febrero de 2006; el DS MOP N° 567, de 9 de agosto de 2007; el DS MOP N° 224, de 31 de julio de 2009. La resolución CNR N° 1, de 13 de enero de 2000, que ratificó el acuerdo del Consejo de Ministros de la Comisión Nacional de Riego en sesión N° 107, de 23 de diciembre de 1999; resolución CNR N° 24, de 21 de julio de 2004, que ratificó el acuerdo de la sesión N° 122, de 6 de mayo de 2004; la resolución CNR N° 44, de 15 de junio 2007, que ratificó el acuerdo N° 134 del Consejo de Ministros de la Comisión Nacional de Riego de 4 de junio de 2007; la resolución de la Comisión Nacional de Riego (CNR exenta) N° 1.548, de 11 de mayo de 2009, que aprobó el acuerdo del Consejo de Ministros de la Comisión Nacional de Riego N° 139, de 22 de abril de 2009; la resolución CNR exenta N° 4.250, de 22 de diciembre de 2010, que aprueba el acuerdo de la sesión N° 149; la resolución CNR exenta N°3.020, de 14 de septiembre de 2012, que aprobó el acuerdo de la sesión N° 166, de 31 de julio de 2012, del Consejo de Ministros de la Comisión Nacional de Riego. El DFL de Justicia N° 1.123, de 13 de agosto de 1981, el decreto supremo MOP N° 285, de 15 de julio de 1994, y la resolución N° 1.600 de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, mediante decreto supremo MOP N° 192, de 28 de febrero de 2006, que dispuso el traspaso de la obra Embalse Santa Juana, a la Junta de Vigilancia del Río Huasco y sus Afluentes, se fijaron las condiciones para la suscripción de las escrituras de reembolso y traspaso de derechos de aprovechamiento de aguas a favor de los beneficiarios de la obra, dándose cumplimiento a lo dispuesto en el DFL 1.123 de 1981.

Que, el mencionado decreto supremo MOP N° 192, de 28 de febrero de 2006, fue modificado por el DS MOP N° 567, de 9 de agosto de 2007, el que dispuso como plazo el 30 de noviembre del año 2007, para la suscripción de las escrituras públicas de reembolso y de compromiso de reembolso.

Que el DS MOP N° 567, de 9 de agosto de 2007, fue modificado por el DS MOP N° 224, de 31 de julio de 2009, otorgando un plazo adicional de 12 meses para aquellos regantes beneficiados con el embalse Santa Juana, que no habían suscrito la escritura de compromiso de reembolso, estableciendo...

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