Decreto 72 - OTORGA PRÓRROGA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA CALABOZO III A LA EMPRESA NACIONAL DE GEOTERMIA S.A., EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657 - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240495162

Decreto 72 - OTORGA PRÓRROGA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA CALABOZO III A LA EMPRESA NACIONAL DE GEOTERMIA S.A., EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA PRÓRROGA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA "CALABOZO III" A LA EMPRESA NACIONAL DE GEOTERMIA S.A., EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

Núm. 72.- Santiago, 24 de marzo de 2008.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica y su Reglamento aprobado mediante decreto Nº 32 de 22 de abril de 2004, de Minería (Anexo 1); lo dispuesto en el decreto supremo Nº 142, de Minería, de 28 de abril de 2000, que identifica las Fuentes Probables de Energía Geotérmica, publicado en el Diario Oficial de 28 de junio de 2000 y su modificación, contenida en el decreto supremo Nº 78, de Minería, de 14 de marzo de 2001, publicado en el Diario Oficial de 3 de mayo de 2001 (Anexo 2); la resolución exenta Nº 207, de Minería, de 2 de abril de 2003, que creó el Comité de Análisis de Solicitudes de Concesiones de Energía Geotérmica (Anexo 3); decreto supremo Nº 116 de fecha 12 de diciembre de 2005, de Minería, que otorga a la Empresa Nacional de Geotermia S.A. la Concesión de Exploración de Energía Geotérmica denominada "Calabozo III", publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de febrero de 2006 (Anexo 4); la solicitud de prórroga presentada con fecha 28 de agosto de 2007 por la Empresa Nacional de Geotermia S.A. (Anexo 5); el informe técnico elaborado por la Unidad de Ceops y Geotermia del Ministerio de Minería, de fecha 3 de diciembre de 2007 (Anexo 6); Acta del Comité de Análisis de Energía Geotérmica de fecha 4 de diciembre de 2007 (Anexo 7); decreto Nº 131, de Minería, de 26 de diciembre de 2002, publicado en el Diario Oficial de 16 de enero de 2003, que faculta al Ministro de Minería a firmar por orden del Presidente de la República en materia de Energía Geotérmica (Anexo 8), y la resolución Nº520 de la Contraloría General de la República, de 1996, y sus modificaciones posteriores, y

Considerando:

  1. - Que, por decreto supremo Nº 116 de fecha 12 de diciembre de 2005, de Minería, se otorgó concesión de exploración de energía geotérmica en el área denominada "Calabozo III" ubicada en las comunas de Curicó y Romeral, provincia de Curicó, Séptima Región del Maule, a la Empresa Nacional de Geotermia S.A., en virtud de la ley Nº 19.657 sobre Concesiones de Energía Geotérmica.

    (Anexo 4).

  2. - Que, en virtud de lo establecido en el artículo 36, inciso de la ley Nº 19.567, el concesionario de exploración puede solicitar, hasta antes de los últimos seis meses del periodo...

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