Decreto 255 - OTORGA A COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA ELÉCTRICA S.A., CONAFE S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA A COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA ELÉCTRICA S.A., CONAFE S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Núm. 255.- Santiago, 8 de octubre de 2010.- Visto: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio ord. Nº 8967/ACC516057/DOC298612/, de 2 de septiembre de 2010; lo dispuesto en los artículos 11º y 29º del DFL Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, en adelante, Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores; en la ley Nº 20.402; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio ord. Nº 8967/ACC516057/DOC298612/, de fecha 2 de septiembre de 2010, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 19.880,
Decreto:
CONAFE, concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la Región de Valparaíso, provincia de Petorca, comuna de Cabildo, las instalaciones de distribución de energía eléctrica constitutivas del siguiente proyecto:
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El objetivo de estas instalaciones es otorgar servicio público de distribución de energía eléctrica en la zona de concesión que se define en el artículo 8º del presente decreto.
El presupuesto del costo de las obras asciende a la suma de $16.294.394.- (dieciséis millones doscientos noventa y cuatro mil trescientos noventa y cuatro pesos).
Copia del plano general de la obra, de la memoria explicativa de la misma y de los demás antecedentes técnicos que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
No se constituyen servidumbres legales, atendido que las instalaciones sólo utilizan bienes nacionales de uso público en su recorrido.
Reconócese al concesionario el derecho a usar bienes...
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