Decreto núm. 2119, publicado el 06 de Diciembre de 1997. OTORGA AUTORIZACION ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 7º DEL DECRETO LEY 1.939, DE 1977, MODIFICADO POR LA LEY 19.256 - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470894670

Decreto núm. 2119, publicado el 06 de Diciembre de 1997. OTORGA AUTORIZACION ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 7º DEL DECRETO LEY 1.939, DE 1977, MODIFICADO POR LA LEY 19.256

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

OTORGA AUTORIZACION ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 7º DEL DECRETO LEY 1.939, DE 1977, MODIFICADO POR LA LEY 19.256

Santiago, 16 de septiembre de 1997.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 2.119.- Visto: Lo informado por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado en su Oficio Ordinario RREE (DIFROL) número F-1985, de fecha 22 de agosto de 1997; lo informado por el Estado Mayor de la Defensa Nacional en su Oficio Reservado EMDN.DEAG (DAC) número 2420/6677, de fecha 19 de agosto de 1997; lo dispuesto por el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 1.939, de 1977, modificado por la Ley 19.256, que regula la adquisición de derechos sobre inmuebles situados en zonas fronterizas; en el Reglamento para la aplicación de dicho artículo contenido en el Decreto Supremo Nº 232, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificado por el Decreto Supremo 1.583, de 1994, del mismo Ministerio; en el D.F.L. Nº 4, de 1967, de Relaciones Exteriores; la solicitud del ciudadano argentino Mario Séptimo Santinelli, elevada a S.E. el Presidente de la República, quien solicita autorización para comprar un predio rural ubicado en la comuna de Cochamó, provincia de Llanquihue, Décima Región, inscrito actualmente a nombre de don Walter Juan Schmidt Weisser, a fojas 735, número 1.027, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, del año 1992, y considerando la finalidad terapéutica y recreacional a que se destinará el predio, la que se estima de interés nacional.

D e c r e t o:

Artículo primero

Autorízase, según lo dispuesto por el artículo 7º del Decreto Ley 1.939, de 1977, modificado por la Ley 19.256, al ciudadano argentino Mario Séptimo Santinelli para adquirir mediante compra el inmueble que se individualiza a continuación:

Solicitante Inmueble Comuna/Región Inscripción

Mario Séptimo Predio rural Comuna de Inmueble

Santinelli, ubicado, Cochamó inscrito a

ciudadano en la comuna Décima Región fojas 735,

argentino, de Cochamó,. número

dula de identidad Décima Región 1.027,

Nº 2.750.406, que según sus en el

de la República títulos tienen Registro de

Argentina, una superficie Propiedad

comerciante, aproximada de del

domiciliado en una hectárea, Conservador

la ciudad y deslinda: de Bienes

de Buenos Aires, Norte: Río Raíces de

República Bota Piedra Puerto

Argentina, Este: ca- Montt del

calle Doctor mino público 1992.

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