Ley núm. 15267, publicada el 14 de Junio de 1963. FIJA PARA LOS MIEMBROS DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE JUSTICIA, JUZGADO DE LETRAS DE MENORES, DE INDIOS Y ESPECIALES DEL TRABAJO Y SUS RESPECTIVOS OFICIALES SUBALTERNOS LAS ESCALAS UNICAS DE SUELDOS QUE SEÑALA FIJA PARA LOS MIEMBROS DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE JUSTICIA, JUZGADO DE LETRAS DE MENORES, DE INDIOS Y ESPECIALES DEL TRABAJO Y SUS RESPECTIVOS OFICIALES SUBALTERNOS LAS ESCALAS UNICAS DE SUELDOS QUE SEÑALA - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497319466

Ley núm. 15267, publicada el 14 de Junio de 1963. FIJA PARA LOS MIEMBROS DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE JUSTICIA, JUZGADO DE LETRAS DE MENORES, DE INDIOS Y ESPECIALES DEL TRABAJO Y SUS RESPECTIVOS OFICIALES SUBALTERNOS LAS ESCALAS UNICAS DE SUELDOS QUE SEÑALA FIJA PARA LOS MIEMBROS DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE JUSTICIA, JUZGADO DE LETRAS DE MENORES, DE INDIOS Y ESPECIALES DEL TRABAJO Y SUS RESPECTIVOS OFICIALES SUBALTERNOS LAS ESCALAS UNICAS DE SUELDOS QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyLey

Ley núm. 15.267

FIJA PARA LOS MIEMBROS DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE JUSTICIA, JUZGADO DE LETRAS DE MENORES, DE INDIOS Y ESPECIALES DEL TRABAJO Y SUS RESPECTIVOS OFICIALES SUBALTERNOS LAS ESCALAS UNICAS DE SUELDOS QUE SEÑALA

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo 1º

Fíjanse para los miembros de los Tribunales Ordinarios de Justicia, Juzgados de Letras de Menores, de Indios y Especiales del Trabajo y sus respectivos Oficiales subalternos, las siguientes escalas únicas de sueldos:

ESCALA DE SUELDOS DEL PERSONAL SUPERIOR DEL PODER

JUDICIAL

Categorías Denominación Sueldo

O grados anual

F/C Ministros y Fiscal de la Corte

Suprema 13.200,00

  1. Cat. Ministros y Fiscales de las

    Cortes de Apelaciones,

    Relatores y Secretario de

    la Corte Suprema 11.400,00

  2. Cat. Ministros de las Cortes del

    Trabajo; Jueces Letrados de

    Mayor Cuantía de Asiento de

    Corte de Apelaciones; Relatores

    y Secretarios de las Cortes de

    Apelaciones y Jueces de Letras de

    Menores de Santiago, Valparaíso

    y Concepción 9.840,00

  3. Cat. Jueces Letrados de Mayor Cuantía

    de capital de provincia; jueces

    del Trabajo de 1ª. Categoría;

    secretarios de las Cortes del

    Trabajo; Relator de la Corte del

    Trabajo de Santiago y Defensores

    Públicos de Santiago y

    Valparaíso 8.520,00

  4. Cat. Jueces Letrados de Mayor Cuantía

    de Departamento; Jueces

    Letrados de Menor Cuantía de

    Santiago, Valparaíso y Viña del

    Mar; Secretarios de los Juzgados

    de Letras de Mayor Cuantía de

    Asiento de Corte de Apelaciones;

    Jueces del Trabajo de 2ª.

    Categoría; Jueces de Letras de

    Menores de San Miguel;

    Secretarios de los Juzgados de

    Letras de Menores de Santiago,

    Valparaíso y Concepción y Jueces

    de Letras de Indios 7.320,00

  5. Cat. Jueces Letrados de Menor

    Cuantía de Copiapó, San Miguel,

    La Granja, Curicó, Linares,

    Chillán, Talcahuano, Temuco y

    Valdivia; Jueces de los Juzgados

    del Trabajo de 3ª. Categoría y

    Oficial Primero, de la Corte

    Suprema 6.420,00

  6. Cat. Demás Jueces Letrados de Menor

    Cuantía; Secretarios de los

    Juzgados de Letras de Mayor

    Cuantía de capital de provincia;

    Secretarios de los Juzgados del

    Trabajo de 1ª. Categoría y

    Secretarios de Juzgados de

    Letras de Menor Cuantía de

    Santiago 5.760,00

  7. Cat. Secretarios de Juzgados de

    Letras de Mayor Cuantía de

    Departamento, Secretarios de

    Juzgados de Letras de Menor

    Cuantía de Valparaíso y Viña

    del Mar, Secretarios de Juzgados

    del Trabajo de 2ª. Categoría,

    Secretarios de los Juzgados de

    Letras de Indios y Secretarios

    del Juzgados de Letras de

    Menores de San Miguel 5.220,00

  8. Cat. Secretarios de los demás

    Juzgados de Letras de Menor

    Cuantía y Secretarios de Juzgados

    del Trabajo de 3ª. Categoría,

    Oficiales Segundos de la Corte

    Suprema, Secretario Abogado del

    Fiscal del mismo Tribunal,

    Oficiales Primeros de las Cortes

    de Apelaciones, Secretario del

    Presidente de la Corte Suprema,

    Oficiales de las Cortes del

    Trabajo y Bibliotecario-

    Estadístico de la Corte

    Suprema 4.860,00

    ESCALA DE SUELDOS DEL PERSONAL SUBALTERNO DEL PODER

    JUDICIAL

  9. Cat. Oficiales Terceros de la Corte

    Suprema, Oficiales Segundos de

    las Cortes de Apelaciones,

    Bibliotecario-Estadístico de la

    Corte de Apelaciones de Santiago;

    Oficiales Primeros de los

    Juzgados de Letras de Mayor Cuantía

    de Asiento de Corte de Apelaciones,

    Oficiales Primeros y Receptores

    Visitadores de los Juzgados de

    Letras de Menores de Santiago,

    Valparaíso y Concepción;

    Oficiales Primeros y Receptores

    de los Juzgados del Trabajo de

  10. Categoría; Oficial Ayudante

    de la Corte del Trabajo de

    Santiago y Oficiales de los

    Defensores Públicos de Santiago

    y Valparaíso 4.152,00

  11. Cat. Oficiales Cuartos de la Corte

    Suprema; Oficiales Terceros de

    las Cortes de Apelaciones;

    Oficiales Segundos de los

    Juzgados de Letras de Mayor

    Cuantía de Asiento de Corte de

    Apelaciones; Oficiales Segundos

    de los Juzgados de Letras de

    Menores y Oficiales Segundos de

    los Juzgados del Trabajo de 1ª.

    Categoría 3.312,00

  12. Cat. Estadístico de la Corte de

    Apelaciones de Concepción 2.988,00

    Grado 1º Oficiales Cuartos de las Cortes

    de Apelaciones: Oficiales

    Terceros de los Juzgados de Letras

    de Mayor Cuantía de asiento de

    Corte de Apelaciones; Oficiales

    Terceros de los juzgados de Letras

    de Menores de Santiago, Valparaíso

    y Concepción; Oficiales Primeros

    de los Juzgados de Letras de Mayor

    Cuantía de Capital de Provincia;

    Oficiales de los Fiscales de las

    Cortes de Apelaciones; Oficiales

    Primeros de los Juzgados del

    Trabajo de 2ª. Categoría 2.664,00

    Grado 2º Oficiales Cuartos de los

    Juzgados de Letras de Mayor

    Cuantía de Asiento de Corte de

    Apelaciones; Oficiales Segundos

    de los Juzgados de Letras de

    Mayor Cuantía de Capital de

    Provincia; Oficiales Primeros

    de los Juzgados de Letras de

    Mayor Cuantía de Departamento;

    Oficial Primero y Receptor

    Visitador del Juzgado de Letras

    de Menores de San Miguel;

    Oficiales Primeros de los Juzgados

    de Letras de Menor Cuantía de

    Copiapó; Valparaíso, Viña del

    Mar, Santiago, San Miguel, La

    Granja, Curicó, Linares,

    Chillán, Talcahuano, Temuco y

    Valdivia; Oficiales Segundos

    de los Juzgados del Trabajo

    de 2ª. Categoría y Oficiales

    Primeros de los Juzgados de

    Letras de Indios 2.448,00

    Grado 3º Mayordomo del Palacio de los

    Tribunales de Santiago 2.340,00

    Grado 4º Oficiales Auxiliares de la

    Corte Suprema; Oficiales

    Terceros de los Juzgados de

    Letras de Mayor Cuantía de

    Capital de Provincia; Oficiales

    Segundos de los Juzgados de Letras

    de Mayor Cuantía de Departamento;

    Oficiales Segundos del Juzgado

    de Letras de Menores de San

    Miguel; Oficiales Segundos de

    los Juzgados de Letras de Menor

    Cuantía de Copiapó, Valparaíso,

    Viña del Mar, Santiago, San

    Miguel, La Granja, Curicó,

    Linares, Chillán, Talcahuano,

    Temuco y Valdivia; Oficiales

    Primeros de los demás Juzgados

    de Letras de Menor Cuantía;

    Mayordomo de los Tribunales de

    Justicia de Valparaíso y La

    Serena; Oficiales Segundos de

    los Juzgados del Trabajo de 3ª.

    Categoría y Oficiales Segundos

    de los Juzgados de Letras de

    Indios 2.160,00

    Grado 5º Oficiales Terceros de los

    Juzgados de Letras de Mayor

    Cuantía de Departamento; Oficial

    Intérprete de los Juzgados de

    Temuco; Oficial Cuarto del Juzgado

    de Letras de Angol; Oficiales

    Segúndos de los demás Juzgados de

    Letras de Menor Cuantía; Oficiales

    Terceros de los Juzgados de Letras

    de Indios; Oficial Tercero del

    Juzgado de Letras de Menor Cuantía

    de Talcahuano y de Valdivia 2.004,00

    Grado 6º Oficial Tercero del Juzgado de

    Letras de Menor Cuantía de

    Quilpué; Oficiales de Sala de la

    Corte Suprema; Oficiales de Sala

    de las Cortes de Apelaciones;

    Oficiales de Sala de los Juzgados

    de Letras de Mayor Cuantía de

    Asiento de Corte de Apelaciones;

    Oficiales de Sala de los Juzgados

    de Letras de Menores, Oficiales de

    Sala de Archivo Judicial de

    Santiago; Chofer para los Juzgados

    del Crimen de Santiago y Porteros

    de las Cortes del Trabajo y de

    los Juzgados del Trabajo de 1ª.

    Categoría 1.860,00

    Grado 7º Demás Oficiales de Sala de los

    Juzgados de Letras de Mayor y

    Menor Cuantía; Porteros de los

    Juzgados del Trabajo de 2ª. y 3ª.

    Categorías y Oficiales de Sala

    de los Juzgados de Letras de

    Indios 1.740,00

    Grado 8º Ascensoristas para los Palacios

    de los Tribunales de Santiago y

    Valparaíso; Auxiliares de Aseo

    de los Palacios de los Tribunales

    de Santiago y Valparaíso;

    Fogoneros de los Palacios de

    los Tribunales de Santiago y

    Valparaíso, y Portero encargado

    del aseo y conservación de los

    Juzgados de Letras de Menor

    Cuantía de Santiago 1.440,00

Artículo 2º

Los funcionarios de la Oficina de Presupuesto del Poder Judicial, gozarán de las siguientes rentas anuales:

Contador Jefe E° 4.860,00

Oficial Ayudante 3.312,00

Oficial Ayudante 2.988,00

Oficial Ayudante 2.664,00

Artículo 3º

Los cargos de Asistente Social y los de Inspectores de Niñas de los Juzgados de Letras de Menores de Valparaíso, Santiago y Concepción, tendrán, respectivamente, los sueldos asignados a la 8ª. Categoría de la Escala del Personal Superior y al grado 1º de la Escala del Personal Subalterno, fijadas en el artículo 1º de la presente ley.

Dichos cargos en lo que se refiere al Juzgado de Letras de Menores de San Miguel tendrán los sueldos correspondientes a la 6ª. Categoría y al grado 5º de la Escala del Personal Subalterno, respectivamente.

Artículo 4º

Reemplázase el artículo 26º de la ley N° 11.986, de 19 de Noviembre de 1955, modificado por el artículo 102 de la ley N° 12.861, de 7 de Febrero de 1958, y cuyo texto actual fue fijado por el artículo 5º de la ley número 14.548, de 8 de Febrero de 1961, por el siguiente:

"Los Vocales de las Cortes del Trabajo devengarán una remuneración de un cincuenta por ciento del sueldo vital mensual de Santiago, escala A, por fallo definitivo a que concurran, no pudiendo dicha remuneración exceder del 75% del sueldo vital mensual del departamento de Santiago, escala A.".

Artículo 5º

Autorízase a la Junta de Servicios Judiciales para que adquiera, por intermedio de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, un automóvil destinado a la Presidencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, y otro para los Jueces de Letras de Mayor Cuantía en lo Criminal de Santiago.

Artículo 6º

Supleméntase el ítem 03/01/04 de Presupuesto Corriente en moneda nacional del Poder Judicial en la suma de E° 100.000,00 como asimismo el ítem 10/01/03 de Presupuesto Corriente en moneda...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR