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Decreto núm. 2, publicado el 16 de Marzo de 2011. APRUEBA ORDENANZA SOBRE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LOS ANDES
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA SOBRE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO

Los Andes, 17 de enero de 2011.- Hoy la Alcaldía decretó lo siguiente:

Núm. 2.- Vistos:

  1. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.803 sobre Asignación de Mejoramiento de la Gestión Municipal.

  2. Las metas propuestas por el Departamento Jurídico para el año 2010, aprobadas por el Concejo Municipal, según consta en acuerdo Nº 46 de fecha 29 de marzo de 2010.

  3. La presentación de la propuesta de Reglamento, aprobada por el Concejo Municipal, acuerdo Nº 191 de fecha 20 de diciembre 2010;

  4. El decreto alcaldicio Nº 69, de fecha 6 de enero de 2011, que nombra como Alcalde Subrogante a don Luis Felipe Hormazábal.

  5. Decreto alcaldicio Nº 5.440, de fecha 6 de diciembre de 2008, en virtud del cual asume como Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Los Andes don Mauricio Navarro Salinas;

  6. Resolución Nº 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República publicada en el Diario Oficial del día 6 de noviembre de 2008;

  7. Las facultades que me confiere la Ley Nº18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Considerando:

  8. La necesidad de regular a través de un marco normativo respecto de los derechos y deberes vinculados con la protección del medio ambiente comunal, en relación con la extracción, procesamiento, comercialización y transporte de áridos en bienes nacionales de uso público de la comuna de Los Andes, con miras a contribuir a la debida protección de la calidad de vida de los ciudadanos, y a una correcta gestión ambiental en la comuna.

  9. La necesidad de dar cumplimiento a las metas de Mejoramiento de la Gestión Municipal 2010, a través de la presente Ordenanza Municipal, como meta valorizada en un 70%,

    Decreto:

  10. Apruébese Ordenanza sobre Extracción de Áridos en Bienes Nacionales de Uso Público en la comuna de Los Andes.

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

NORMAS GENERALES

Artículo 1º

La presente ordenanza tiene por objeto establecer un marco normativo respecto de los derechos y deberes vinculados con la protección del medio ambiente comunal, en relación con la extracción, procesamiento, comercialización, y transporte de áridos en bienes nacionales de uso público de la comuna de Los Andes, con miras a contribuir a la debida protección de la calidad de vida de los ciudadanos, y a una correcta gestión ambiental en la comuna.

Artículo 2º

Los sectores o tramos de los cauces y álveos de cursos naturales de aguas en que se prohíbe la extracción de todo tipo de áridos, serán los que se indiquen en el Registro y Planes Catastrales Complementarios, instrumento que será elaborado y actualizado, cuando sea necesario, por la Dirección de Obras Municipales, en conjunto con la Dirección de Desarrollo Comunitario y el Departamento del Medio Ambiente de la Ilustre Municipalidad de Los Andes.

CAPÍTULO II Artículos 3 a 7

CONCESIONES O PERMISOS

Artículo 3º

Las personas naturales o jurídicas que se interesen en extraer áridos desde los sectores permitidos, podrán solicitar concesiones o permisos a la Municipalidad ateniéndose a las exigencias estipuladas en...

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