Decreto 2188 - APRUEBA ORDENANZA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR, RENOVAR, CADUCAR Y TRASLADAR PATENTES DE ALCOHOL Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LA COMUNA DE ARAUCO - MUNICIPALIDAD DE ARAUCO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239298542

Decreto 2188 - APRUEBA ORDENANZA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR, RENOVAR, CADUCAR Y TRASLADAR PATENTES DE ALCOHOL Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LA COMUNA DE ARAUCO

EmisorMUNICIPALIDAD DE ARAUCO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR, RENOVAR, CADUCAR Y TRASLADAR PATENTES DE ALCOHOL Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LA COMUNA DE ARAUCO

Núm. 2.188.- Arauco, 23 de octubre de 2009.- Vistos:

  1. - Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.925.

  2. - Las disposiciones contenidas en el DL Nº 3.063, sobre Rentas Municipales.

  3. - El acuerdo de aprobación adoptado por el Concejo Municipal, en la Sesión Nº 37, Ordinaria, realizada el día 21 de octubre de 2009.

  4. - Las atribuciones establecidas en los artículos 63 y 65 de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Considerando: La necesidad de establecer un marco normativo que permita regular aspectos relativos a las patentes de alcoholes y que entregue herramientas a la autoridad a fin de poder cautelar intereses generales de la comunidad que digan relación con tales materias,

Decreto:

Apruébese la siguiente Ordenanza Municipal sobre procedimientos para otorgar, renovar, caducar y trasladar patentes de alcohol y horario de funcionamiento de establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas en la comuna de Arauco.

ORDENANZA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR, RENOVAR, CADUCAR Y TRASLADAR PATENTES DE ALCOHOL Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN LA COMUNA DE ARAUCO

CAPÍTULO I
TÍTULO I Artículos 1 a 9

DEL OTORGAMIENTO DE PATENTES DE ALCOHOLES

Artículo 1

Las patentes de alcoholes, sólo para efectos de clasificación, se otorgarán de conformidad a lo establecido en el artículo 3º de la ley Nº 19.925 y demás normas contenidas en el D.L 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.

Artículo 2

El interesado en obtener patente de alcoholes deberá cumplir, además, con las normas sanitarias que para cada caso indique el Servicio de Salud de la Región del Bío Bío y las normas de la Ordenanza local sobre Plan Regulador.

Artículo 3

El otorgamiento, renovación, caducación y traslado de patentes de alcoholes se establecerá por Decreto Alcaldicio, previo acuerdo del Concejo Municipal, una vez cumplidas todas las exigencias legales y reglamentarias.

Para otorgar, renovar y trasladar patentes de alcoholes se practicará previa consulta a la Junta de Vecinos correspondiente al sector en donde se ubicará el local y la exigencia del informe de la Unidad de Carabineros.

Artículo 4

No se concederá patente de alcoholes, para el funcionamiento de depósitos de bebidas alcohólicas, bares, pubs, cantinas y tabernas, en conjuntos habitacionales.

Tampoco se concederá patente de alcoholes a los depósitos de bebidas alcohólicas que se ubiquen a menos de cien metros de establecimientos educacionales, y de los señalados en el artículo 8º inciso cuarto de la Ley Nº 19.925. Dicha distancia se medirá entre los extremos más próximos de los respectivos establecimientos, tomando la línea de acceso más corta por aceras, calles y espacios públicos.

Artículo 5

Para la obtención de patentes de alcohol, se requerirán al solicitante los siguientes antecedentes:

  1. Solicitud por escrito de la Patente (Entregar formulario tipo)

  2. Certificado de Uso de Suelo (extendido por la Dirección de Obras Municipales)

  3. Recepción Definitiva de Obras (extendido por la Dirección de Obras Municipales)

  4. Iniciación de Actividades, indicando Capital inicial extendido por el S.I.I. y/o Balance

  5. Si es sucursal, adjuntar fotocopia de Aviso de Apertura S.I.I.

  6. Si es Persona Jurídica: Escritura de Constitución de Sociedad, Certificado de...

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