Ordenanza núm. 74, publicada el 10 de Septiembre de 2011. MODIFICA ORDENANZA Nº 8 SOBRE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS EN LA COMUNA DE LA FLORIDA - MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469369674

Ordenanza núm. 74, publicada el 10 de Septiembre de 2011. MODIFICA ORDENANZA Nº 8 SOBRE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS EN LA COMUNA DE LA FLORIDA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA
Rango de LeyOrdenanza

MODIFICA ORDENANZA Nº 8 SOBRE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS EN LA COMUNA DE LA FLORIDA

La Florida, 19 de agosto de 2011.- Hoy se dictó lo que sigue:

Núm. 74.- Vistos: La ordenanza Nº 8 Sobre Prevención y Control de Ruidos Molestos en la Comuna de La Florida, cuyo texto actualizado fue aprobado por decreto exento Nº 707, de 22 de noviembre de 2002; el acuerdo Nº 878, adoptado en sesión ordinaria Nº 99, de fecha 10 de agosto de 2011, por el Concejo Municipal; la ley Nº 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y las facultades conferidas por la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;

Considerando: Que es interés del municipio modificar las normas que dicta en el sentido de hacerlas coherentes con la normativa vigente permitiendo a la vez la posibilidad de incrementar los recursos municipales, dispongo la siguiente

ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 8 SOBRE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS EN LA COMUNA DE LA FLORIDA

Artículo 1

Modifícase el artículo 11 de la ordenanza Nº 8 Sobre Prevención y Control de Ruidos Molestos en la Comuna de La Florida, cuyo texto actualizado fue aprobado por decreto exento Nº 707, 22 de noviembre de 2001, en el sentido de sustituir en su inciso segundo la palabra "tres" por "cinco".

Artículo 2

La presente modificación se entenderá por incorporada al texto aludido, el cual se mantiene vigente en lo no modificado, para todos los efectos legales.

Artículo 3

La presente ordenanza comenzará a regir a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 4

La Secretaría Municipal elaborará el texto refundido de la referida ordenanza.

Anótese, comuníquese, transcríbase al Concejo Municipal, a la...

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