Decreto 3545 - ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA SERENA |
Rango de Ley | Decreto |
ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
Núm.- 3.545/04.-La Serena, 9 de noviembre de 2004.- Vistos: La Sesión Ordinaria Nº 547 de fecha 3 de noviembre de 2004 del Concejo Municipal, y lo dispuesto por el Artículo 43º de la Ley Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales y las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vengo en dictar el siguiente:
Decreto:
Apruébese, la Ordenanza Comunal sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios.
Ordenanza Nº 1/05
ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la forma de cobro y el monto de los Derechos Municipales que deben pagar los que obtengan de esta Municipalidad una concesión, un permiso o reciban un servicio.
Liquidación y Pago de los Derechos
La Municipalidad confeccionará la liquidación de derechos que proceda, según se establece en esta Ordenanza y la dará a conocer al interesado, quien deberá enterar su pago en la Tesorería Municipal, dentro del plazo que corresponda.
Acreditado el pago mediante comprobante que emita la Tesorería, la Municipalidad otorgará la concesión, el permiso o prestará el servicio.
En cada caso se dejará testimonio del pago efectuado en el registro correspondiente, con indicación del boletín de ingreso y de su fecha.
Devolución de Derechos Municipales
Cuando por cualquier causa corresponda devolver todo o parte de algún Derecho Municipal, deberá hacerse por Decreto de Pago, previo informe del correspondiente Departamento solicitante. En éste, deberá indicarse los montos que correspondan al Derecho Municipal respectivo y los gastos en que haya incurrido el Departamento solicitante con motivo de la gestión o gestiones realizadas, a objeto de que dichos gastos sean descontados de la devolución.
Copia del Decreto de Devolución indicado, se transcribirá al Departamento respectivo, para los registros que correspondan.
Para todos los efectos de la presente Ordenanza, se entenderá por:
- Sector Centro: Por el Norte, calle Colón; por el Sur, Avenida Francisco de Aguirre; por el Este, calle Cienfuegos y por el Oeste, calle Pedro Pablo Muñoz.
- Sector Subcentro: Por el Norte, calles Cirujano Videla y Almagro; por el Sur, calle Amunátegui; por el Este, calles Castro y Benavente y por el Oeste, Ruta 5.
Derechos Municipales por Servicios
Los derechos municipales por servicios prestados por la Ilustre Municipalidad de La Serena, son los siguientes:
-
El servicio especial por extracción de basuras, escombros y otros, distinto del indicado en el Artículo 6º y siguientes de la Ley de Rentas Municipales, pagará por concepto de Derechos el que se indica:
Nº CONCEPTO U.T.M.
-
- RETIRO DE ESCOMBROS Y ELEMENTOS EN DESUSO,
por metro cúbico
-
-
de 0,01 a 5.99 m3. 0,2
-
de 6.00 a 11.99 m3. 0,3
-
más de 12 m3. 0,5
-
- RETIRO DE RAMAS, HOJAS Y OTROS
PROVENIENTES DE JARDINES, por metro cúbico
a de 0.01 a 5.99 m3. 0,1
-
-
de 6.00 a 11.99 m3. 0,2
-
más de 12 m3. 0,3
-
- Extracción de basuras por
cada litro que exceda
los 60 litros diarios. 0,15
-
- Retiro Elementos
de Propaganda, por m² 0,5
-
- Custodia de Animales
abandonados en la vía
pública, por día. 0,3
-
- Retiro de Rejas y de
Cierro de Pasajes,
por metro lineal 0,3
-
- Poda y Retiro de
Poda de Árboles,
hasta 4 mts. de altura, por unidad. 0,3
-
-
El retiro de kioscos será el realizado por el Municipio cuando su estructura afecte la seguridad pública, previo certificado de la Dirección de Obras Municipales.
-
Derechos Municipales por Servicio de Reparto de Agua Potable Rural.
-
- El servicio de reparto de agua potable rural que fija esta Ordenanza, se establece sólo para aquellas personas que residen en la Comuna de La Serena y su objetivo es proporcionar el agua potable necesaria únicamente para el consumo humano.
-
- Para estos efectos el costo del litro de agua se fija en la suma de $3 y el monto del derecho se determinará de acuerdo a las reglas que se indican, considerándose para ello el Puntaje de Estratificación Social Fichas CAS y el costo del litro de agua anteriormente referido, en conformidad a la siguiente tabla:
Puntaje Estratificación Social Porcentaje de
Bonificación
Menos o igual a 500 99%
Entre 501 y 550 90%
Entre 551 y 600 80%
Entre 601 y 700 60%
Entre 701 y más 50%
-
- El cobro del derecho se realizará en forma mensual, para lo cual el beneficiario deberá asistir a la Dirección de Desarrollo Comunitario con las boletas de entrega de agua debidamente firmadas y recepcionadas conforme, para la emisión del estado de pago correspondiente.
Derechos Municipales Transporte Vehículos y Otros
-
Derechos de Estacionamientos en los Bienes Nacionales de Uso Público, licitados y entregados en concesión adjudicada mediante los Decretos Nº 1883 del 19 de julio del 2000 y Decreto Nº 1907 del 20 de julio del 2000, los que se dividen en:
Zona Alta : $200 los 20 minutos.
Minuto Adicional:
-
Desde el 15 de marzo al 1° de noviembre $10.
-
Resto del año $11.
Zona Baja : $200 los 20 minutos
Minuto Adicional:
-
Desde el 15 de marzo al 1° de noviembre $6.
-
Resto del año $7.
Estos valores se reajustarán anualmente en el mes de enero, según la variación del I.P.C., o el Organismo que legalmente lo reemplace.
Lo anterior, sin perjuicio de los valores establecidos por licitaciones públicas de concesiones otorgadas por la Ilustre Municipalidad de La Serena.
Derechos Municipales Calculados y Girados por la
Dirección de Tránsito
Los exámenes, anotaciones, otorgamientos de duplicados, certificados, registros y otros importarán los siguientes derechos:
CONCEPTO U.T.M.
-
Verificación ocular de número de motor, de chasis, transformaciones, clasificaciones y otros afines, incluido certificado correspondiente, cuando sea el caso.
-
En Dirección de Tránsito 0,15
-
A domicilio (dentro del radio urbano) 0,20
-
Sector rural 0,50
-
-
Control de taxímetro,
en fechas diferentes a la
renovación del permiso
de circulación anual. 0,15
-
Duplicado de permiso de
circulación por pérdida,
extravío o deterioro. 0,10
-
Duplicado de sello verde 0,20
-
Duplicado certificado de
empadronamiento en
registro comunal de
carros de arrastre y remolques. 0,05
-
Duplicado placa patente
carro de arrastre o remolque. 0,25
-
Certificado de empadronamiento
en registro comunal
de carros de
arrastre y remolques
(incluye placa patente). 0,22
-
Transferencia, modificación de datos del
comprobante del permiso de
circulación cuando sea
por causas no imputables al Municipio. 0,10
9 Permiso de circulación provisorio
para el sólo efecto de la reparación
de vehículos, hasta un máximo
de 3 días en cada mes para un mismo
móvil. Valor Diario. 0,05
10 Permiso provisorio
carro de arrastre o remolque
original, con vigencia
hasta un máximo de 3 meses
(valor trimestral). 0,05
11 Certificado de
modificación en registro
de carros de arrastre y remolques.
No se cobrarán aquellos
correspondientes a
rectificaciones de errores u
omisión administrativas. 0,16
12 Otorgamiento primera Licencia
clase B, C, D y F.
Reajustable cada 6 meses
de acuerdo al IPC. $13.084.-
13 Otorgamiento Primera Licencia
clase E
Reajustable cada 6 meses de
acuerdo al IPC. $2.167
14 Extensión a otras
clases adicionales,
sólo clase B, C, D, E y F. 0,25
15 Control para conductores
con Licencia Clase B, C, D y F. 0,45
16 Control de licencias adicionales
B, C, D y F. Por Clase Adicional 0,07
17 Examen Práctico Licencia Clase D
en terreno:
-
Dentro del radio urbano. 0,10
-
Fuera del radio urbano. 0,15
18 Control para conductores con
Licencia Clase E 0,27
19 Control de licencia para
conductores mayores de 65 años 0,25
20 Cambio de domicilio en
licencia de conducir:
-
Si la licencia es de la comuna
de La Serena 0,15
-
Si la licencia es de otra comuna 0,25
21 Duplicado de licencia de conducir:
-
Si la licencia es de
la Comuna de La Serena 0,15
-
Si la licencia es de otra comuna 0,25
22 Cambio de nombres y/o apellidos,
registros u otros antecedentes de
la licencia de conducir 0,15
23 Obtención de primera
licencia profesional Ley N° 19.495
Reajustable cada 6 meses
de acuerdo al IPC. $13.084
24 Extensión a otras clases
profesionales conforme a la
Ley N° 19.495 0,35
25 Control para conductores
con licencia clase Profesional
Ley N° 19.495 0,35
26 Control para conductores
con licencia clase profesional
y con extensión A-1 o A-2 antiguas. 0,30
27 Control para conductores con
licencia Clase A-1 Ley 18.290. 0,27
28 Control para conductores con licencia
Clase A-2 Ley 18.290 0,27
29 Control para conductores
con Licencias adicionales a las clases
A-1 o A-2, con extensión C, D,
E y F. Por Clase Adicional 0,10
30 Certificado de Antecedentes del
Conductor $1.100
31 Control de Antecedentes 0,25
32 Control Psicotécnico 0,25
33 Control Vista 0,25
34 Renovación de licencia
a extranjeros por visa
de residencia 0,20
35 Examen psicotécnico
total o parcial, teórico
o práctico, para
fines distintos de la
obtención y control de la
licencia para conducir. 0,25
36 Trámites de obtención
de licencia no otorgada
por causa imputable
al solicitante. 0,10
37 Otros certificados
no especificados,
solicitados por particulares 0,10
38 Obtención de fotografía para
licencia de conducir $2.000.-
39 Cuestionario Base Examen Teórico
Clase B. o C $1.100.-
40 Facsímil Informativo para
renovación y obtención
de licencias de
conducir. $600.-
41 Permisos a Escuelas de
Conductores para practicas
por semestre y
por vehículo autorizado
para enseñanza. 1,0
42 Instalación y provisión de
señal reglamentaria solicitada por
particulares, por...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba