Ordenanza núm. 20, publicada el 25 de Junio de 2009. DICTA ORDENANZA SOBRE EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS - MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469969238

Ordenanza núm. 20, publicada el 25 de Junio de 2009. DICTA ORDENANZA SOBRE EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO
Rango de LeyOrdenanza

DICTA ORDENANZA SOBRE EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

Puente Alto, 29 de Mayo del 2009.- En Sesión Ordinaria N°14 efectuada el día 07 de Mayo del año en curso, y de conformidad a la Ley Nº18.695, el Concejo Municipal de Puente Alto, dio su aprobación a la Dictación de la Ordenanza Nº20 sobre Empresas Contratistas y Subcontratistas, la que entrará a regir a partir de la fecha de su publicación:

Las disposiciones más relevantes de la referida Ordenanza son las siguientes:

TITULO I Artículos 1 a 11

Generalidades y organigrama

Artículo 1º

La presente Ordenanza establece los procedimientos administrativos, requerimientos y obligaciones en Prevención de Riesgos que deben cumplir las Empresas Contratistas y Subcontratistas, durante el desarrollo de actividades y/o servicios contratados por la Municipalidad de Puente Alto, a fin de garantizar a todos sus trabajadores condiciones de higiene y seguridad adecuadas. Asimismo, regula los requerimientos de control de riesgos y procedimientos de control interno que deben cumplir las referidas empresas. Finalmente, establece la responsabilidad de las diferentes unidades involucradas en la administración de estos contratos.

Artículo 2º

Señala que todo personal de las empresas Contratistas y Subcontratistas que realicen trabajos en la Municipalidad de Puente Alto deberán someterse a esta Reglamentación.

Artículo 3º

Señala será exigible a todo el personal de empresas contratistas y subcontratistas de obras y/o servicios que ejecuten trabajos, estas disposiciones también deben ser cumplidas por el personal de la Municipalidad de Puente Alto que participe en los trabajos.

Artículo 4º

Para los efectos de la presente Ordenanza, se establecen determinadas definiciones.

Artículo 5º

Señala que la Municipalidad tendrá la responsabilidad de la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGST).

Artículo 6º

Establece en las...

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