Decreto 197 - APRUEBA ORDENANZA SOBRE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD PARA CUMPLIR SENTENCIAS DICTADAS POR EL JUEZ DE POLICIA LOCAL
Emisor | MUNICIPALIDAD DE RENGO |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA "ORDENANZA SOBRE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD PARA CUMPLIR SENTENCIAS DICTADAS POR EL JUEZ DE POLICIA LOCAL"
Núm. 197.- Rengo, 13 de abril de 2004.- Considerando:
La solicitud formulada por el juez de Policía Local de Rengo, en orden a establecer un procedimiento mediante el cual se puedan conmutar ciertas multas por días de trabajos a favor de la comunidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 bis de la ley Nº18.287;
La ordenanza sobre Trabajos en Beneficio de la Comunidad, para cumplir sentencias dictadas por el juez de Policía Local;
Que es necesario reglamentar un plan especial por el cual se regirá la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, que podrán efectuar los infractores que determine el juez de Policía Local;
El acuerdo del Concejo Comunal de Rengo, adoptado en sesión ordinaria Nº42, celebrada con fecha 7 de abril de 2004, en la cual aprueba esta ordenanza.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 20 bis de la ley Nº18.287, sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local;
La resolución Nº520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y
En uso de las facultades que me confiere la ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones,
Decreto:
Apruébase la "Ordenanza sobre Trabajos en Beneficio de la Comunidad para cumplir sentencias dictadas por el juez de Policía Local", la cual señala lo siguiente:
A contar desde la publicación de la presente ordenanza, regúlase la facultad que la ley Nº18.287, en su artículo 21 bis, otorga al juez de Policía Local para conmutar el todo o parte la multa aplicada en un proceso de su competencia, en actual tramitación, por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, contenidos en un plan especial de trabajos en beneficio de la comunidad establecido por la Municipalidad, conforme a las siguientes normas.
El tiempo de duración de dichos trabajos estará determinado por la reducción del monto de multa a días de trabajos comunitarios, a razón de un día por cada quinto de Unidad Tributaria Mensual, los que podrán fraccionarse en horas con el objeto de completar una o media jornada laboral, entendiéndose que la jornada completa comprende un total de ocho horas.
Los trabajos se...
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