Ordenanza núm. 2, publicada el 29 de Junio de 2011. PROHÍBE EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS EN PASAJE AUCALQUINCHA - MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469369766

Ordenanza núm. 2, publicada el 29 de Junio de 2011. PROHÍBE EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS EN PASAJE AUCALQUINCHA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA
Rango de LeyOrdenanza

PROHÍBE EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS EN PASAJE AUCALQUINCHA

San Pedro de Atacama, 2 de junio de 2011.- Con esta fecha la Alcaldía ha resuelto dictar lo que sigue:

Núm. 02/2011.- Vistos:

  1. El decreto Nº 2.344, del 28 de marzo de 1980, que declara Zona Típica y de protección al Pueblo de San Pedro de Atacama;

  2. La necesidad de proteger las vías, calles, aceras, soleras, instalaciones eléctricas y de comunicaciones, agua potable, sanitarias, puentes, acequias, construcciones típicas del pueblo, que están siendo amenazadas por el paso de dichos vehículos;

  3. El resguardar los denominados paseos peatonales, prohibiendo el ingreso de vehículos, salvo autorización expresa de la autoridad;

  4. La necesidad de actualizar la Ordenanza Municipal Nº 3 del 10 de septiembre de 2003, que regula y actualizar el horario de carga y descarga, ingreso y estacionamiento de vehículos en el sector central del Pueblo de San Pedro de Atacama, conforme a la ley 18.290;

  5. La Carta emitida por los residentes del Pasaje Aucalquincha, dirigida a la Srta. Alcaldesa y Señores Concejales;

  6. Informe de la Sra. Pamela Santander Vásquez, Arquitecta de la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de San Pedro de Atacama, de fecha 19 de mayo de 2010;

  7. Lo dispuesto en el acuerdo Nº 126, de fecha 26 de mayo de 2010, tomado en la sesión ordinaria Nº 15, del Honorable Concejo Municipal de la comuna de San Pedro de Atacama;

  8. El certificado Nº 172, de fecha 30 de mayo de 2011, por el cual la señorita Secretaria Municipal certifica que en la Sesión Ordinaria Nº 14, del Concejo Municipal de San Pedro de Atacama, celebrado el 26 de mayo de 2011, se prestó el acuerdo para la dictación de la nueva Ordenanza;

  9. Teniendo presente lo dispuesto en la Ley del Tránsito Nº 18.290, Título VIII, artículo 100º y Título XVI, 178º; artículo 3º letra d), artículo 26º letra c), y demás facultades conferidas por la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, con esta fecha la alcaldía ha resuelto dictar lo que sigue:

    Ordenanza:

  10. Prohíbase el tránsito de vehículos en el denominado pasaje Aucalquincha.

  11. Establézcase dicho callejón como Paseo Peatonal.

  12. Autorícese el tránsito a...

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