Oficio núm. 2141, publicado el 05 de Septiembre de 2012. EXTRACTO DE OFICIO ORDINARIO N° 2.141, DE 2012 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469362142

Oficio núm. 2141, publicado el 05 de Septiembre de 2012. EXTRACTO DE OFICIO ORDINARIO N° 2.141, DE 2012

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyOficio

EXTRACTO DE OFICIO ORDINARIO N° 2.141, DE 2012

Extracto de oficio ordinario del Servicio de Impuestos Internos Nº2.141, de fecha 14 de agosto de 2012, que se pronuncia sobre tratamiento tributario de las Reservas Técnicas, que deben efectuar las Compañías de Seguros de Vida y cambia el criterio contenido en los oficios Nos 2.375 y 2.397, del 14 y 17 de octubre de 2011.

Mediante este oficio se informa sobre el tratamiento tributario de las reservas técnicas base, que deben constituir las Compañías de Seguros de Vida, y se modifican los criterios contenidos en los oficios Nos 2.375 y 2.397, del 14 y 17 de octubre de 2011, respectivamente, en el siguiente sentido:

  1. La Reserva Técnica Base mínima que las Compañías de Seguros de Vida deben registrar obligatoriamente conforme a las normas e instrucciones que emite al efecto la Superintendencia de Valores y Seguros, en el ejercicio en que se efectúa la venta de la póliza respectiva, esto es, en el mismo período en que debe reconocerse como ingreso bruto el total de las primas percibidas o devengadas en el ejercicio, se considera en forma excepcionalísima, como un menor ingreso tributable de dicho ejercicio.

  2. Los ajustes a la Reserva Técnica Base mínima que las Compañías de Seguros de Vida deban registrar obligatoriamente conforme...

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