Resolución núm. 2455 EXENTA, publicado el 10 de Mayo de 2013. OFICIALIZA SISTEMA Y REQUISITOS PARA LA CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA DE MATERIAL DE PROPAGACIÓN DE EXPORTACIÓN
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
OFICIALIZA SISTEMA Y REQUISITOS PARA LA CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA DE MATERIAL DE PROPAGACIÓN DE EXPORTACIÓN
Núm. 2.455 exenta.- Santiago, 30 de abril de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, de 1989, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola y Forestal; el decreto Nº 144, de 2007, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el texto revisado de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria; las resoluciones Nos 292, de 1997 y 916, de 2005, modificada por la resolución Nº 8.098, de 2011, todas del Servicio Agrícola y Ganadero; y los Protocolos, Planes de trabajo o Acuerdos específicos con las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los países de destino.
Considerando:
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Que corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero otorgar la certificación fitosanitaria que debe amparar a los productos de exportación, para dar cumplimiento a los requisitos fitosanitarios exigidos por los Organismos Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los países de destino.
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Que el desarrollo y fomento alcanzado por las exportaciones de material de propagación de origen vegetal, ha hecho necesario elaborar procedimientos para la inspección, tratamientos fitosanitarios, resguardo, verificación de los requisitos y condiciones mínimas exigidas para la emisión de Certificados Fitosanitarios.
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Que es necesario oficializar el Sistema de Certificación Fitosanitaria de Material de Propagación (en adelante Mapro), al que se incorporan voluntariamente los productores, establecimientos y exportadores interesados en exportar el material precedentemente aludido de origen vegetal.
Resuelvo:
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Oficialízase el Sistema para la Certificación Fitosanitaria de exportación de Material de Propagación, fijándose requisitos y obligaciones a los productores, establecimientos y exportadores de acuerdo a las actividades que desarrollan en cada etapa del proceso de certificación fitosanitaria de material de propagación.
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Los productores, establecimientos y exportadores que participen del Sistema de Certificación Fitosanitaria de Material de Propagación, deben suscribir un Acuerdo Operacional con el Servicio Agrícola y Ganadero y cumplir con los requisitos establecidos en dicho documento y pagar las tarifas correspondientes a los servicios recibidos.
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Los requisitos que deben cumplir los Productores son:
3.1 Realizar oportunamente las...
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