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Resolución núm. 102, publicada el 21 de Enero de 2011. NORMAS E INSTRUCCIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 20.285, EN EL MINISTERIO PÚBLICO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO PÚBLICO
Rango de LeyResolución

NORMAS E INSTRUCCIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 20.285, EN EL MINISTERIO PÚBLICO

Núm. 102/2011.- Santiago, 14 de enero de 2011.- Considerando:

  1. Que la Constitución Política de la República, en su artículo 8º inciso segundo dispone que son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen.

  2. Que en el Diario Oficial de 20 de agosto de 2008 se publicó la Ley 20.285, Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, la que en su artículo noveno se refiere a la aplicación de esta ley en el Ministerio Público.

  3. Que la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 10 de julio de 2008, pronunciada en los autos Rol Nº 1.051-08-CPR, precisó los términos de la constitucionalidad de la ley 20.285 en relación al Ministerio Público.

  4. Que el artículo noveno de la ley 20.285, aclarado por la mencionada sentencia del Tribunal Constitucional, dispuso que el Fiscal Nacional, mediante resolución publicada en el Diario Oficial, establecerá las demás normas e instrucciones necesarias para dar cumplimiento a esas disposiciones legales; y Vistos, los artículos y 83 de la Constitución Política de la República, 1, 13 y 17 letra d) de la Ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público,

    Resuelvo:

    Apruébense las siguientes normas e instrucciones para dar cumplimiento a las disposiciones de la ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, en el Ministerio Público, ello sin perjuicio de que se mantienen vigentes las instrucciones generales impartidas por esta autoridad mediante oficio FN Nº 205/2009 y complementadas por oficio FN Nº 028/2011:

  5. Conforme a las normas sobre Transparencia Activa, el Ministerio Público mantendrá permanentemente a disposición del público, en su sitio electrónico www.fiscaliadechile.cl, actualizados a lo menos una vez al mes, los antecedentes que se refieran a su estructura orgánica; las facultades, funciones y atribuciones de cada una de sus unidades u órganos internos; el marco normativo que les sea aplicable; la dotación de fiscales y funcionarios, así como las personas contratadas a honorarios, con las correspondientes remuneraciones; las compras y adquisiciones; las licitaciones en curso; los presupuestos anuales; los informes de ejecución presupuestaria; la transferencia de fondos públicos; los boletines estadísticos del Ministerio Público; los oficios del Fiscal...

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