Decreto 21 - NOMBRA DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR AL SR. FERNANDO CLAUDIO LÓPEZ LIZANA - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240651450

Decreto 21 - NOMBRA DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR AL SR. FERNANDO CLAUDIO LÓPEZ LIZANA

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

NOMBRA DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR AL SR. FERNANDO CLAUDIO LÓPEZ LIZANA

Núm. 21.- Santiago, 28 de enero de 2008.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 48 y siguientes de la ley Nº 19.882; en la ley Nº 16.319, de 1965; en el Art. 40 de la ley Nº 18.575, en los artículos 7 y 14 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834; en el numeral 10 del Art. 32 de la Constitución Política de la República de Chile y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que la Dirección Nacional del Servicio Civil convocó al concurso de rigor para proveer el cargo de Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear.

Que dicho concurso fue aprobado por dicha Dirección Nacional.

Que en uso de las facultades legales que me confiere la ley, he resuelto nombrar en el cargo indicado a la persona que más adelante se indica.

Decreto:

  1. Nómbrase a don Fernando Claudio López Lizana, RUT Nº 5.439.359-8, en el cargo de Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, a contar del 3 de marzo de 2008.

  2. Por razones impostergables de buen servicio, el funcionario nombrado precedentemente asumirá sus funciones en la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto.

  3. El presente nombramiento otorga al funcionario asignado el derecho a recibir los beneficios del Estatuto Administrativo, cuando corresponda y la asignación de alta dirección pública, contemplada en la ley Nº 19.882, cuyo porcentaje será de un 70% de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 1.109, de 2007, del Ministerio de Hacienda. Así como las bonificaciones a que se refiere el decreto supremo Nº 253, de 21 de diciembre de 2007, de los Ministerios de Hacienda y Minería, las que sólo se pagarán a partir de la fecha de su nombramiento. Para determinar el monto de la asignación, se considerarán las remuneraciones detalladas en el artículo primero del decreto supremo citado, que procedan y que correspondan a la fecha de su nombramiento.

  4. Declárase que el Sr. López deberá rendir la fianza correspondiente.

  5. El...

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