Resolución núm. 1871 EXENTA, publicado el 12 de Junio de 2013. FIJA NUEVO TEXTO DE LA RESOLUCIÓN Nº 4.810 EXENTA, DE 2008, QUE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN DE ARTISTAS POPULARES URBANOS, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 4.810 EXENTA, DE 2008 - CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468866494

Resolución núm. 1871 EXENTA, publicado el 12 de Junio de 2013. FIJA NUEVO TEXTO DE LA RESOLUCIÓN Nº 4.810 EXENTA, DE 2008, QUE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN DE ARTISTAS POPULARES URBANOS, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 4.810 EXENTA, DE 2008

EmisorCONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES
Rango de LeyResolución

FIJA NUEVO TEXTO DE LA RESOLUCIÓN Nº 4.810 EXENTA, DE 2008, QUE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN DE ARTISTAS POPULARES URBANOS, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 4.810 EXENTA, DE 2008

Núm. 1.871 exenta.- Valparaíso, 13 de mayo de 2013.- Considerando:

Que, de acuerdo con los artículos y de la ley 19.891, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en adelante "el Consejo" o "el Servicio" indistintamente, es un servicio público autónomo, descentralizado y territorialmente desconcentrado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es apoyar el desarrollo de las artes y la difusión de la cultura, contribuir a conservar, incrementar y poner al alcance de las personas el patrimonio cultural de la Nación y promover la participación de éstas en la vida cultural del país.

Que, en orden al cumplimiento del objeto precitado y conforme a lo dispuesto en los numerales 3), 4), 10) y 12) del artículo 3º de la misma ley, el Consejo detenta, dentro de sus funciones, la de apoyar la participación cultural y la creación y difusión artística, tanto a nivel de las personas como de las organizaciones que éstas forman y de la colectividad nacional toda, de modo que encuentren espacios de expresión en el barrio, la comuna, la ciudad, la región y el país, de acuerdo con las iniciativas y preferencias de quienes habiten esos mismos espacios, la de facilitar el acceso a las manifestaciones culturales y a las expresiones artísticas; la de desarrollar la cooperación, asesoría técnica e interlocución con corporaciones, fundaciones y demás organizaciones privadas cuyos objetivos se relacionen con las funciones del Consejo, y celebrar con ellas convenios para ejecutar proyectos o acciones de interés común; y la de desarrollar y operar un sistema nacional y regional de información cultural de carácter público, para lo cual podrá crear un banco de datos personales de aquellos señalados en la ley Nº 19.628 sobre Protección de la Vida Privada.

Que, a su vez, la Política Cultural 2011-2016 del Consejo contempla entre sus ejes, valores y principios, propósitos y estrategias, la necesidad de garantizar espacios participativos para el desarrollo cultural y artístico del país, con miras a una participación desconcentrada y descentralizada de las regiones en la actividad artístico-cultural, aumentando la valoración de las expresiones artísticas locales.

Que, en este orden de ideas y en el marco de sus políticas institucionales y facultades legales, el Consejo, mediante resolución exenta Nº 4.810, de 14 de noviembre de 2008, creó el Registro Nacional de Información de Artistas Populares Urbanos, en adelante también "el Registro".

Que, por su parte, mediante Mensaje Presidencial Nº 46-360, de 2012, ingresó al Congreso el proyecto de ley que regula la exhibición y ejecución artística en los bienes nacionales de uso público, el que, de acuerdo al Primer Informe de la Comisión de Cultura y las Artes de la Cámara de Diputados, contempla la facultad de que las municipalidades consulten el Registro Nacional de Artistas Populares Urbanos del Consejo para los fines que establezca la ley.

Que, anticipándose a la entrada en vigencia del actual proyecto de ley y con miras a su mejor y más efectiva implementación, el Consejo ha estimado necesario regionalizar el sistema de ingreso al Registro Nacional de...

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