Resolución núm. 5173 EXENTA, publicado el 23 de Julio de 2013. LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL AL TERCER LLAMADO 2013 DEL SISTEMA INTEGRADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL REGULADO POR EL DECRETO Nº 1, DE 2011, EN SU CLASE REGULADA POR EL TÍTULO I, TRAMO 1, ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL, SUBSIDIO HABITACIONAL PARA GRUPOS EMERGENTES. FIJA EL MONTO DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN PARA EL SUBSIDIO Y SU FORMA DE DISTRIBUCIÓN - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468849270

Resolución núm. 5173 EXENTA, publicado el 23 de Julio de 2013. LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL AL TERCER LLAMADO 2013 DEL SISTEMA INTEGRADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL REGULADO POR EL DECRETO Nº 1, DE 2011, EN SU CLASE REGULADA POR EL TÍTULO I, TRAMO 1, ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL, SUBSIDIO HABITACIONAL PARA GRUPOS EMERGENTES. FIJA EL MONTO DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN PARA EL SUBSIDIO Y SU FORMA DE DISTRIBUCIÓN

EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL AL TERCER LLAMADO 2013 DEL SISTEMA INTEGRADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL REGULADO POR EL DECRETO Nº 1, DE 2011, EN SU CLASE REGULADA POR EL TÍTULO I, TRAMO 1, ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL, SUBSIDIO HABITACIONAL PARA GRUPOS EMERGENTES. FIJA EL MONTO DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN PARA EL SUBSIDIO Y SU FORMA DE DISTRIBUCIÓN

Santiago, 18 de julio de 2013.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 5.173 exenta.- Visto: El DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional; la resolución exenta Nº 32, de fecha 4 de enero de 2013, dicto la siguiente

Resolución:

  1. - Llámase, a partir del 1º y hasta el 9 de agosto de 2013, ambas fechas inclusive, a postulación nacional para el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional en su Tramo 1 del Título I, alternativa de postulación individual, conforme a las disposiciones del DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, período en que los Serviu procederán directamente, o a través de las oficinas municipales, de la Red Multiservicios del Estado "Chile Atiende" o de los medios electrónicos que se establezcan al efecto, a la recepción de solicitudes de postulación e ingreso al sistema computacional respectivo, con los documentos que deben acompañarlas.

    Las personas que postulen vía internet a través de los medios electrónicos que se establezcan al efecto, deberán contar con la clave única entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación y la información ingresada y registrada en el sistema será válida para todos los efectos de la postulación y del proceso de selección.

  2. - El monto de Unidades de Fomento (UF) que se destinarán al financiamiento del subsidio directo, conforme a las disposiciones del DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, se distribuirán regionalmente según el cuadro que se presenta a continuación, pudiendo practicarse redistribuciones que serán sancionadas mediante resolución, en caso de agotarse los recursos para una región, quedando excedentes en otras:

  3. - El número de postulantes seleccionados en cada región alcanzará hasta el número de Certificados de Subsidio susceptibles de financiar con los recursos previstos para el otorgamiento del subsidio directo que para cada caso se fija en el número 2º de esta resolución.

  4. - Para los efectos de determinar el número de Certificados de Subsidio susceptibles de financiar, se considerará un valor promedio de 450 UF.

  5. - Para postular al llamado a que se refiere el número 1º de esta resolución...

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