Resolución núm. 3539 EXENTA, publicada el 19 de Noviembre de 2009. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.506 EXENTA, DE 2009, QUE SEÑALA LAS REGULACIONES Y PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS INSTITUCIONES QUE HAGAN USO DE LAS HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS DEL SISTEMA NACIONAL DE REGISTROS DE ADN Y LOS REQUISITOS TÉCNICOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS LABORATORIOS ACREDITADOS PARA EL INGRESO DE HUELLAS GENÉTICAS - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469978498

Resolución núm. 3539 EXENTA, publicada el 19 de Noviembre de 2009. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.506 EXENTA, DE 2009, QUE SEÑALA LAS REGULACIONES Y PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS INSTITUCIONES QUE HAGAN USO DE LAS HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS DEL SISTEMA NACIONAL DE REGISTROS DE ADN Y LOS REQUISITOS TÉCNICOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS LABORATORIOS ACREDITADOS PARA EL INGRESO DE HUELLAS GENÉTICAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.506 EXENTA, DE 2009, QUE SEÑALA LAS REGULACIONES Y PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS INSTITUCIONES QUE HAGAN USO DE LAS HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS DEL SISTEMA NACIONAL DE REGISTROS DE ADN Y LOS REQUISITOS TÉCNICOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS LABORATORIOS ACREDITADOS PARA EL INGRESO DE HUELLAS GENÉTICAS

Santiago, 10 de noviembre de 2009.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 3.539 exenta.- Vistos: El D.F.L. Nº1/19653, de 17 de noviembre de 2001, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, lo dispuesto en el artículo 7º, letras f) y u) de la Ley Nº19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; la ley Nº19.970, que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN y el decreto supremo Nº634, de fecha 10 de septiembre 2008, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.970; el Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Justicia de Chile y el Federal Bureau of Investigation de los Estados Unidos de Norteamérica, suscrito con fecha 14 de noviembre de 2002; la resolución exenta Nº 1.506, de fecha 25 de mayo de 2009, del Servicio de Registro Civil e Identificación; el pronunciamiento emitido por la División Jurídica del Ministerio de Justicia con fecha 1º de septiembre de 2009; la resolución Nº 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. - Que, el Servicio de Registro Civil e Identificación tiene a su cargo la administración y el soporte de la plataforma tecnológica del Sistema Nacional de Registros de ADN, a través del uso de las herramientas informáticas que establezca para tal efecto, conforme lo señala el artículo 41, inciso final del decreto supremo Nº 634, de Justicia, de fecha 10 de septiembre de 2008, que aprobó el reglamento de la ley Nº 19.970, que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN.

  2. - Que, mediante resolución exenta Nº 1.506, de 25 de mayo de 2009, se señalaron las regulaciones y procedimientos técnicos que deben cumplir las instituciones que hagan uso de las herramientas informáticas del Sistema Nacional de Registros de ADN y los requisitos técnicos que deben cumplir los laboratorios acreditados para el ingreso de huellas genéticas.

  3. - Que, respecto de las personas que se encontraren cumpliendo condena por alguno de los delitos señalados en el artículo 17 de la ley Nº 19.970, al momento de la entrada en vigencia de ésta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR